Saltar al contenido

Comprar la moto a nombre de otra persona


SaraLN97

Publicaciones recomendadas

Hola, debido a lo mucho que tardo en conseguir el empadronamiento y al ser de Canarias no puedo comprar la moto aún a mi nombre en Baleares, y aquí estar sin vehículo es un sufrimiento. 

Mi idea es poner la moto a nombre de mi compañera (De confianza) y todos los pagos a mi nombre y todo lo demás y en un futuro se cambia el nombre (Pagándolo) y todo sin problemas. 

¿Es muy caro el precio de cambio de nombre?

¿Pasa algo si me paran y no está a mi nombre la moto? 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 1 hora, SaraLN97 dijo:

Hola, debido a lo mucho que tardo en conseguir el empadronamiento y al ser de Canarias no puedo comprar la moto aún a mi nombre en Baleares, y aquí estar sin vehículo es un sufrimiento. 

Mi idea es poner la moto a nombre de mi compañera (De confianza) y todos los pagos a mi nombre y todo lo demás y en un futuro se cambia el nombre (Pagándolo) y todo sin problemas. 

¿Es muy caro el precio de cambio de nombre?

¿Pasa algo si me paran y no está a mi nombre la moto? 

Buenas,

El precio del cambio de titular, es aproximadamente lo mismo que te va a costar ponerlo a nombre de otra persona ahora cuando la compres y va siempre en función del precio del vehículo.

Novas a tener problemas si te paran y la moto está a nombre de otra persona siempre que demuestres que estás autorizado para conducirla (permiso de conducir, seguro, etc.)

Saludos,

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 8 horas, SaraLN97 dijo:

Hola, debido a lo mucho que tardo en conseguir el empadronamiento y al ser de Canarias no puedo comprar la moto aún a mi nombre en Baleares, y aquí estar sin vehículo es un sufrimiento. 

Mi idea es poner la moto a nombre de mi compañera (De confianza) y todos los pagos a mi nombre y todo lo demás y en un futuro se cambia el nombre (Pagándolo) y todo sin problemas. 

¿Es muy caro el precio de cambio de nombre?

¿Pasa algo si me paran y no está a mi nombre la moto? 

El hecho de estar empadronado en Canarias no es ningún impedimento para comprar y poner un vehículo a tu nombre.

No pasa nada por conducir un vehículo del que és titular otra persona.

Un saludo

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 4 horas, Chulma dijo:

No entiendo lo del certificado de empadronamiento, ¿qué tiene que ver dicho certificado para poner la moto a tu nombre?

Salu2

Buenas, 

Supongo que es debido al régimen fiscal especial de Canarias. 

Saludos, 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 12 horas, lord486 dijo:

Buenas, 

Supongo que es debido al régimen fiscal especial de Canarias. 

Saludos, 

Las autonomías "pillan" el dinero de los impuestos de cambio de nombre de los vehículos y se paga en la autonomía que está empadronado el titular, (Me lo explicaron en Hacienda de Murcia), es decir: si yo compro un vehículo en Murcia y soy de Tarragona, puedo tramitar el cambio de nombre en Murcia, de hecho así lo hice, pero al ir a pagar en Hacienda el impuesto me advirtieron: "Si paga Ud. el impuesto en esta autonomía, cuando llegue a Tarragona tiene que volver a pagar el impuesto allí, y nosotros no le vamos a devolver el dinero", así que me dieron en Tráfico un documento que me habilitaba como comprador del vehículo a falta de realizar la gestión en Tarragona.

Igual en Baleares no fueron tan explícitos y le dijeron que estando empadronado en Canarias no podía hacer el cambio de nombre en esa autonomía.

Saludos

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 1 hora, Tiritos dijo:

Las autonomías "pillan" el dinero de los impuestos de cambio de nombre de los vehículos y se paga en la autonomía que está empadronado el titular, (Me lo explicaron en Hacienda de Murcia), es decir: si yo compro un vehículo en Murcia y soy de Tarragona, puedo tramitar el cambio de nombre en Murcia, de hecho así lo hice, pero al ir a pagar en Hacienda el impuesto me advirtieron: "Si paga Ud. el impuesto en esta autonomía, cuando llegue a Tarragona tiene que volver a pagar el impuesto allí, y nosotros no le vamos a devolver el dinero", así que me dieron en Tráfico un documento que me habilitaba como comprador del vehículo a falta de realizar la gestión en Tarragona.

Igual en Baleares no fueron tan explícitos y le dijeron que estando empadronado en Canarias no podía hacer el cambio de nombre en esa autonomía.

Saludos

¿Y cuál es el impuesto autonómico que se paga al comprar un coche?

El IVA es estatal

El impuesto de matriculación (si no está exento) es estatal

El impuesto de circulación es local

Y la matriculación es estatal

El único problema que veo sería en el IVA o IGIC, pero eso no le tendría que impedir poner el vehículo a su nombre y lo mismo puede pasar para el impuesto de circulación

Tramitar el empadronamiento en Baleares tardas 5 minutos

Salu2

 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 4 horas, Chulma dijo:

¿Y cuál es el impuesto autonómico que se paga al comprar un coche?

El IVA es estatal

El impuesto de matriculación (si no está exento) es estatal

El impuesto de circulación es local

Y la matriculación es estatal

El único problema que veo sería en el IVA o IGIC, pero eso no le tendría que impedir poner el vehículo a su nombre y lo mismo puede pasar para el impuesto de circulación

Tramitar el empadronamiento en Baleares tardas 5 minutos

Salu2

 

No te sé explicar con detalles legales, pero está claro que al menos de lo que he podido comprobar en nuestra autonomía, todo lo que pasa por "recaudacio de la Generalitat"son impuestos que se quedan en Cataluña, ( Transmisions patrimonials es uno de ellos) y cuando se transfiere de nombre un vehículo hay que pagar el "impost de transmisions patrimonials" que va en porcentaje al valor venal del vehículo tasado en un baremo del mismo departamento.

Pero eso no es exclusivo en Cataluña ya que como os he contado en Murcia funcionaba igual.

Sin ese documento no te permiten hacer el cambio de nombre en Tráfico.

En el caso de un vehículo nuevo ignoro como se hace.

Un saludo

 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 1 hora, Tiritos dijo:

No te sé explicar con detalles legales, pero está claro que al menos de lo que he podido comprobar en nuestra autonomía, todo lo que pasa por "recaudacio de la Generalitat"son impuestos que se quedan en Cataluña, ( Transmisions patrimonials es uno de ellos) y cuando se transfiere de nombre un vehículo hay que pagar el "impost de transmisions patrimonials" que va en porcentaje al valor venal del vehículo tasado en un baremo del mismo departamento.

Pero eso no es exclusivo en Cataluña ya que como os he contado en Murcia funcionaba igual.

Sin ese documento no te permiten hacer el cambio de nombre en Tráfico.

En el caso de un vehículo nuevo ignoro como se hace.

Un saludo

 

Insisto, que se pague un impuesto, sea a una comunidad autónoma o a otra, no tiene que impedir que se pueda poner el vehículo a nombre de una persona

Si yo compro un vehículo en Baleares ¿qué me prohíbe tramitar el impuesto de transmisiones en las Canarias? tan solo tienes que tramitarlo con una gestoría de allí (que lo puedes hacer online)

Yo en el año 2000 compré un Toyota nuevo en Baleares con mi residencia en Barcelona y el vehículo venía con la matrícula empezando por la B (hasta septiembre de ese año no pusieron las nuevas) y no tuve que hacer ningún trámite extraño

Salu2

Edito: el impuesto de transmisiones sólo se paga en vehículos de 2ª mano

 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

En 27/8/2021 a las 10:24, Chulma dijo:

¿Y cuál es el impuesto autonómico que se paga al comprar un coche?

El IVA es estatal

El impuesto de matriculación (si no está exento) es estatal

El impuesto de circulación es local

Y la matriculación es estatal

El único problema que veo sería en el IVA o IGIC, pero eso no le tendría que impedir poner el vehículo a su nombre y lo mismo puede pasar para el impuesto de circulación

Tramitar el empadronamiento en Baleares tardas 5 minutos

Salu2

 

La verdad que en todos las casas me han dicho lo mismo, por temas del DUA me comentaron y por eso no he podido comprármela cuanto antes hasta que me han dado esta opción. 
 

Y por desgracia en San Josep el empadronamiento va para meses. 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 3 horas, SaraLN97 dijo:

La verdad que en todos las casas me han dicho lo mismo, por temas del DUA me comentaron y por eso no he podido comprármela cuanto antes hasta que me han dado esta opción. 
 

Y por desgracia en San Josep el empadronamiento va para meses. 

Pero el DUA es un documento aduanero, tú compras la moto en Baleares y pagas el IVA de Baleares, no entiendo qué pinta dicho documento y mucho menos para poner el vehículo a tu nombre

Cosa distinta sería comprar la moto en Canarias y luego intentar venderla en la península o Baleares que entonces sí que hay que pagar aduana o aranceles

Me imagino que si compras una tele o un móvil en Baleares nadie te pondrá un problema para vendértelo

Salu2

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Se me ocurre que el tema del DUA esté justificado por la "exención o reducción de impuestos a los habitantes de Canarias" y que probablemente se pueda hacer la compra del vehículo en la "península" gestionando todo el papeleo necesario y que los vendedores digan que no se puede hacer por causas obviamente de incomodidades y de pérdidas de beneficio.

En el caso contrario, he leído que Sí se puede comprar un vehículo con la exención del IVA en Canarias por un habitante de la Península y transportarlo a esta con el documento DUA y pagando el transporte ahorrándose algo de dinero.

Un saludo

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 51 minutos, Tiritos dijo:

Se me ocurre que el tema del DUA esté justificado por la "exención o reducción de impuestos a los habitantes de Canarias" y que probablemente se pueda hacer la compra del vehículo en la "península" gestionando todo el papeleo necesario y que los vendedores digan que no se puede hacer por causas obviamente de incomodidades y de pérdidas de beneficio.

En el caso contrario, he leído que Sí se puede comprar un vehículo con la exención del IVA en Canarias por un habitante de la Península y transportarlo a esta con el documento DUA y pagando el transporte ahorrándose algo de dinero.

Un saludo

Lo que pasa es que la reducción de impuestos a los habitantes de Canarias no existe fuera de las Canarias (otra cosa distinta si fuera autónomo o empresa y quiera poner el vehículo o lo que compre a nombre de la empresa)

Es decir, un habitante de Canarias se compra una casa fuera de las Canarias y paga los mismos impuestos que que otra persona que no sea canaria

Pero es que además, en el caso que nos ocupa, la moto se compra en Baleares, es decir, la moto no pasa ninguna aduana salvo la estatal inicial

Pero aún que el problema sea la aduana, ¿qué tiene que ver la aduana para poder poner la moto a su nombre?

Todas las motos Kymco que se venden en España se fabrican en Taiwan, es decir, todas son de importación, igual que las de Francia, Italia, Alemania y restos de países y no conozco un caso en que no se pueda comprar una moto por tema de residencia

¿Cuántos ingleses hay con vehículos comprados en España? ¿y franceses? yo mismo tengo un amigo que compró una Kymco MyRoad en Italia y la pudo poner a su nombre sin más problemas

Salu2

 

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

En 28/8/2021 a las 15:06, SaraLN97 dijo:

La verdad que en todos las casas me han dicho lo mismo, por temas del DUA me comentaron y por eso no he podido comprármela cuanto antes hasta que me han dado esta opción. 
 

Y por desgracia en San Josep el empadronamiento va para meses. 

 

hace 8 horas, Tiritos dijo:

Se me ocurre que el tema del DUA esté justificado por la "exención o reducción de impuestos a los habitantes de Canarias" y que probablemente se pueda hacer la compra del vehículo en la "península" gestionando todo el papeleo necesario y que los vendedores digan que no se puede hacer por causas obviamente de incomodidades y de pérdidas de beneficio.

En el caso contrario, he leído que Sí se puede comprar un vehículo con la exención del IVA en Canarias por un habitante de la Península y transportarlo a esta con el documento DUA y pagando el transporte ahorrándose algo de dinero.

Un saludo

 

hace 7 horas, Chulma dijo:

Lo que pasa es que la reducción de impuestos a los habitantes de Canarias no existe fuera de las Canarias (otra cosa distinta si fuera autónomo o empresa y quiera poner el vehículo o lo que compre a nombre de la empresa)

Es decir, un habitante de Canarias se compra una casa fuera de las Canarias y paga los mismos impuestos que que otra persona que no sea canaria

Pero es que además, en el caso que nos ocupa, la moto se compra en Baleares, es decir, la moto no pasa ninguna aduana salvo la estatal inicial

Pero aún que el problema sea la aduana, ¿qué tiene que ver la aduana para poder poner la moto a su nombre?

Todas las motos Kymco que se venden en España se fabrican en Taiwan, es decir, todas son de importación, igual que las de Francia, Italia, Alemania y restos de países y no conozco un caso en que no se pueda comprar una moto por tema de residencia

¿Cuántos ingleses hay con vehículos comprados en España? ¿y franceses? yo mismo tengo un amigo que compró una Kymco MyRoad en Italia y la pudo poner a su nombre sin más problemas

Salu2

 

 

@ Chulmala compra y fiscalización de un inmueble es otro tema distinto ya que obviamente el usufructo del mismo nunca es trasladable a otro territorio.

En lo referente a un vehículo si quiere ponerlo a su nombre él como residente fiscal en Canarias no le queda más remedio que matricular y pagar los impuestos pertinentes del régimen especial de su CCAA... o sea, la gestoria del concesionario de Baleares o a través de otra gestoria canaria tendrían que gestionarle el trámite aduanero que corresponda (DUA), que en este caso sería NO aplicar IVA pero si el IGIC, además de las tasas y del impuesto de matriculación.

Esto anterior no debería acarrear mayor inconveniente...  lo cuestionable es que legalmente el vehículo no puede permanecer más de 6 meses seguidos en territorio peninsular o Baleares, aún siendo Canarias se aplica la misma legislación que a los vehículos extranjeros. Pero ciertamente la realidad (no del todo legal) acaba siendo bien distinta ya que es difícil que se lleguen a tener problemas por incumplir lo citado. De hecho son muchos los extranjeros residentes que circulan durante todo el año tan alegremente por nuestras carreteras con matricula de su país de origen y no les pasa nada. En mi parking desde mucho tiempo  hay un francés con una BMW matricula francesa que ya os aseguro no ha rodado por Francia en años.

Y en el caso que nos ocupa entiendo que todavía será más difícil el tener problemas puesto que teniendo una placa española ya me diréis que sospechas pueden concurrir.

@SaraLN97  perdona no entiendo que puede pasar en el municipio ese de Baleares para que un empadronamiento pueda tardar meses cuando es un trámite que con cita previa en cualquier municipio como mucho puede ser de unos días.

Un saludo

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 16 horas, Rogers dijo:

 

@ Chulmala compra y fiscalización de un inmueble es otro tema distinto ya que obviamente el usufructo del mismo nunca es trasladable a otro territorio.

En lo referente a un vehículo si quiere ponerlo a su nombre él como residente fiscal en Canarias no le queda más remedio que matricular y pagar los impuestos pertinentes del régimen especial de su CCAA... o sea, la gestoria del concesionario de Baleares o a través de otra gestoria canaria tendrían que gestionarle el trámite aduanero que corresponda (DUA), que en este caso sería NO aplicar IVA pero si el IGIC, además de las tasas y del impuesto de matriculación.

Esto anterior no debería acarrear mayor inconveniente...  lo cuestionable es que legalmente el vehículo no puede permanecer más de 6 meses seguidos en territorio peninsular o Baleares, aún siendo Canarias se aplica la misma legislación que a los vehículos extranjeros. Pero ciertamente la realidad (no del todo legal) acaba siendo bien distinta ya que es difícil que se lleguen a tener problemas por incumplir lo citado. De hecho son muchos los extranjeros residentes que circulan durante todo el año tan alegremente por nuestras carreteras con matricula de su país de origen y no les pasa nada. En mi parking desde mucho tiempo  hay un francés con una BMW matricula francesa que ya os aseguro no ha rodado por Francia en años.

Y en el caso que nos ocupa entiendo que todavía será más difícil el tener problemas puesto que teniendo una placa española ya me diréis que sospechas pueden concurrir.

El vehículo se puede comprar sin problemas en Baleares, pagar el IVA correspondiente y ponerlo a su nombre independientemente del lugar de residencia siempre que la persona sea particular y el vehículo sea para uso personal, en este caso, el vehículo sólo puede circular por el territorio comunitario 3 meses, a partir de aquí hay que hacer el trámite como si se importara un vehículo de la península a las islas Canarias

Si es vehículo viaja a Canarias (o pasados los 3 meses), tendrá que pagar el IGIC (y podrá pedir la devolución del IVA) hacer todo el trámite del DUA 

Salu2

Edito:

Mis últimos empadronamientos:

1999 Palma de Mallorca el trámite en el mismo día

2003 Barcelona el trámite en el mismo día

2005 Barcelona el trámite en el mismo día

He visitado la web del ayuntamiento de Sant Josep y es cierto que pone que pueden tardar hasta 3 meses en dar la respuesta, pero me extraña que no lo hagan al momento una vez aportada la documentación necesaria que creo que el problema podrá ser tener un contrato arrendatario a su nombre o declaración jurada de la persona que tenga dicho contrato a su nombre justificando la residencia de la misma

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 49 minutos, Chulma dijo:

El vehículo se puede comprar sin problemas en Baleares, pagar el IVA correspondiente y ponerlo a su nombre independientemente del lugar de residencia siempre que la persona sea particular y el vehículo sea para uso personal, en este caso, el vehículo sólo puede circular por el territorio comunitario 3 meses, a partir de aquí hay que hacer el trámite como si se importara un vehículo de la península a las islas Canarias

Si es vehículo viaja a Canarias (o pasados los 3 meses), tendrá que pagar el IGIC (y podrá pedir la devolución del IVA) hacer todo el trámite del DUA 

Salu2

Edito:

Mis últimos empadronamientos:

1999 Palma de Mallorca el trámite en el mismo día

2003 Barcelona el trámite en el mismo día

2005 Barcelona el trámite en el mismo día

He visitado la web del ayuntamiento de Sant Josep y es cierto que pone que pueden tardar hasta 3 meses en dar la respuesta, pero me extraña que no lo hagan al momento una vez aportada la documentación necesaria que creo que el problema podrá ser tener un contrato arrendatario a su nombre o declaración jurada de la persona que tenga dicho contrato a su nombre justificando la residencia de la misma

Efectivamente, aunque la gestión de empadronamiento se puede hacer en el día, posiblemente la Administración local exija un tiempo mínimo de residencia demostrado de 3 meses para hacer el Padrón .

Saludos

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 2 minutos, Tiritos dijo:

Efectivamente, aunque la gestión de empadronamiento se puede hacer en el día, posiblemente la Administración local exija un tiempo mínimo de residencia demostrado de 3 meses para hacer el Padrón .

Saludos

No, el padrón debe de ser automático desde el momento que se cumplen los requisitos y se hace el trámite

Sí que es posible que para determinadas ayudas se necesite un tiempo mínimo de empadronamiento, para el caso de compra o venta de coches en Canarias me parece que debes de tener un mínimo de 6 meses de empadronamiento para poder hacer los trámites de compra - venta del vehículo en el lugar de residencia final

Salu2

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

hace 7 horas, Chulma dijo:

El vehículo se puede comprar sin problemas en Baleares, pagar el IVA correspondiente y ponerlo a su nombre independientemente del lugar de residencia siempre que la persona sea particular y el vehículo sea para uso personal, en este caso, el vehículo sólo puede circular por el territorio comunitario 3 meses, a partir de aquí hay que hacer el trámite como si se importara un vehículo de la península a las islas Canarias

Si es vehículo viaja a Canarias (o pasados los 3 meses), tendrá que pagar el IGIC (y podrá pedir la devolución del IVA) hacer todo el trámite del DUA 

Salu2

Edito:

Mis últimos empadronamientos:

1999 Palma de Mallorca el trámite en el mismo día

2003 Barcelona el trámite en el mismo día

2005 Barcelona el trámite en el mismo día

He visitado la web del ayuntamiento de Sant Josep y es cierto que pone que pueden tardar hasta 3 meses en dar la respuesta, pero me extraña que no lo hagan al momento una vez aportada la documentación necesaria que creo que el problema podrá ser tener un contrato arrendatario a su nombre o declaración jurada de la persona que tenga dicho contrato a su nombre justificando la residencia de la misma

Sí cierto, sobre el IVA ahora veo que se diferencia en cuanto a que sea un vehiculo para uso profesional o particular... en cuanto al tiempo máximo permanencia creo que sigue siendo seis meses (al menos en el caso de uso particular). Si transcurrido ese periodo el vehículo no regresa a las islas se ha de inmovilizar y regularizar la situación en aduanas.

Un saludo

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Justo ahora, Rogers dijo:

Sí cierto, sobre el IVA ahora veo que se diferencia en cuanto a que sea un vehiculo para uso profesional o particular... en cuanto al tiempo máximo permanencia creo que sigue siendo seis meses (al menos en el caso de uso particular). Si transcurrido ese periodo el vehículo no regresa a las islas se ha de inmovilizar y regularizar la situación en aduanas.

Un saludo

Sí son 6 meses, pero si la compra es de vehículo nuevo, el papeleo hay que hacerlo como máximo a los 3 meses, en este caso conviene no excederlo ya que entonces hay recargos

Salu2

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios web

Archivado

Este tema ahora está archivado y cerrado a otras respuestas.




×
×
  • Crear nuevo...

30882733_ad(1).png.0495b88ff181564b6a37c5476422d4a2.png

 

AdBlock detectado!

La publicidad nos ayuda a mantener los gastos  del foro...

Desactívalo para poder continuar navegando

De acuerdo! Lo he desactivado...