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Multa por ir entre coches?


Torinillo

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Una aclaración a lo referido ante una sanción interpuesta por un agente de tráfico, siempre que éste se encuentre fuera de servicio, en el boletín sancionador figurará como denuncia particular y su respectivo Dni. Gracias.

 

¿Y en la denuncia tiene que venir el nº del agente si está en servicio?

 

La denuncia la firma el Jefe del Servicio de Tráfico de Barcelona.

 

Salu2

 

Sí, en la denuncia debe figurar el nº de placa del agente (o agentes) que la interpone. Quizá lo pillaras de paisano y te puso la denuncia al llegar al curro... o quizá diste con el mismisimo Jefe del Servicio, en su coche... mala suerte!

 

Vais a acabar haciendome llorar, bribones. :lol::lol:

:lol::lol::lol::lol:

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Una aclaración a lo referido ante una sanción interpuesta por un agente de tráfico, siempre que éste se encuentre fuera de servicio, en el boletín sancionador figurará como denuncia particular y su respectivo Dni. Gracias.

 

¿Y en la denuncia tiene que venir el nº del agente si está en servicio?

 

La denuncia la firma el Jefe del Servicio de Tráfico de Barcelona.

 

Salu2

 

Pues si la firma el jefe de servicio de tráfico, ten cuidado no te hayan multado a través de una cámara de tráfico, algo poco corriente pero que en Barcelona no me extrañaría, te lo digo para que no te vayan a llegar más recetas, o a lo mejor ha sido el helicóptero.

 

Pero al compañero, por no respetar la distancia de seguridad lateral, a una moto? A mi me sigue sonando a que pasó al lado de quien no debía y le dio un susto, porque no es una denuncia habitual como pisar una línea continua.

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En mi receta no pone ningún dato del agente, ni número ni nada. Solo dice lo típico: "En el lugar, fecha y hora arriba señalados, Agentes encargados de la vigilancia del tráfico han formulado denuncia por infracción a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, no pudiendo ser notificada la denuncia..."

 

Lo primero que pensé al recibirla es lo que dice Nigromante, que pasé demasiado cerca de alguien (GC o particular) porque estoy seguro que vigilando en ese punto no hay. Pero no recuerdo nada significativo, y fue hace poco más de 2 semanas y me acordaría.

 

En cualquier caso, 100% de acuerdo con vuestros consejos, entre coches solo en poblado y con coches detenidos. Pero ¿ y en autovía? ¿Vosotros utilizáis el arcén en casos de tráfico muy denso? Ya sería de traca que llegara una de arcén!!!

 

Saludos!

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También referir, que la G.C. No tiene comprtencias sancionadoras en materia de seguridad vial dentro del casco urbano, por lo tanto aunque se encuentren de servicio podrán denunciar pero en calidad de particular, (dni).

 

Yo ésto que dices no sé si lo dices con conocimiento de causa... pero creo que no es así. No suelen meterse en temas urbanos, y cuando circulan por la capi, suelen estar de "ida" o de "vuelta", pero no les saques la lengua ni te burles de ellos (no te saltes un semaforo o hables con el móvil) que verás como sí tienen competencia sancionadora...

 

Corregidme si me equivoco...

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La competencia en materia de Tráfico en los poblados, le corresponde a Policía Local;

 

esto no quita, que un agente de la Guardia Civil, u de otro Cuerpo, pueda denunciar, como agente de la autoridad que es;

 

pensemos que una infracción, la puede denunciar un particular, entonces mucho más, un agente.

 

Saludos.

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Bueno intentaré ser lo más escueto posible. Toda infracción cometida dentro de casco urbano será competente el cuerpo de Policía Local o similares en este caso (guardia urbana) creo. Por lo tanto ese boletín irá con número de identidad policial siempre que estuviese en servicio. Y todas las sanciones interpuestas por otros cuerpos policiales en casco urbano deberían ir con dni aun estando de servicio, digo "deberían" Xq es un procedimiento nuevo y seguramente algunos no lo sepan y puedan poner su t.i.p. Gracias

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Por supuesto que hablo con conocimiento de causa, la G.C. Puede sancionar en todo el territorio español sin dudas, pero en materia de seguridad vial dentro de casco urbano no tendrán esta competencia por lo que confeccionarán el boletín con su dni y no con su número policial. Y si se meten o no en la ciudad es indiferente, Xq en los pueblos que están más cercanos habrán los que se metan y los q no. Gracias

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Bueno, permíteme que disienta un poco sobre tu "conocimiento de causa", Zar88.

Ni la Guardia Civil, ni ninguno de los Cuerpos y Fuerzas del Seguridad, "sancionan", como dices; simplmente denuncian, pues la potestad sancionadora recae sobre los respectivos Órganos o Autoridades competentes.

Esta simple modulación basta para invalidar el resto de las aseveraciones, pero habrá compañeros que no sepan que esas mismas FSE TIENEN LA OBLIGACIÓN de perseguir cualquier conducta ilícita, máxime cuando la supuesta infracción pueda constituir delito u originar un grave riesgo a bienes o personas, y por eso me permito extenderme. Hasta ahí de acuerdo, ¿no?

Supón que durante su recorrido, una patrulla de cualquier Cuerpo policial es requerida por un ciudadano porque se está cometiendo un atraco o un delito de violencia de género. ¿No tienen la OBLIGACIÓN de actuar? ¿Y no lo van a hacer con todas al atribuciones y/o limitaciones de cualquier Policía porque no estén en su "demarcación"?

Sobre los datos de identificación en el boletín de denuncia, puedes leer el Art. 75 de la LSV, y como último recurso, recurrir jejeje

Un saludo.

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