Invitado meu Publicado 17 de Julio del 2011 Compartir Publicado 17 de Julio del 2011 Pues el brico de sujetar la documentación u otras cosas lo saque de otro compi no me acuerdo del nombre, en el antiguo foro y el otro es mío para que el pitón no estuviese rodando por el zambucho. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
chispi10 Publicado 17 de Julio del 2011 Compartir Publicado 17 de Julio del 2011 Buena idea si señor. Haber si me acuerdo y meto la documentación en la moto, la saque hace unos días y se me ha olvidado volverla a guardar en la moto. :en moto Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado Miguel-Txo Publicado 18 de Julio del 2011 Compartir Publicado 18 de Julio del 2011 Para evitar los robos de la documentacion original, con los quebraderos de cabeza que ello supone, podeis fotocopiarla y llevarla a una comisaria de trafico a que os la conpulsen. Es totalmente legal. No se lo que cobran, si es que cobran por ello. Algunos agentes, se quedaran un poco mosca, pero en cuanto lo consulten, os dejaran en paz. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado Miguel-Txo Publicado 19 de Julio del 2011 Compartir Publicado 19 de Julio del 2011 No te entiendo la explicacion que das. donde hay que llevar el original? a trafico a la hora de que te lo sellen?. Pues si, pero luego lo puedes dejar en casa y circular con la fotocopia compulsada... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 19 de Julio del 2011 Compartir Publicado 19 de Julio del 2011 Para evitar los robos de la documentacion original, con los quebraderos de cabeza que ello supone, podeis fotocopiarla y llevarla a una comisaria de trafico a que os la conpulsen. Es totalmente legal. No se lo que cobran, si es que cobran por ello. Algunos agentes, se quedaran un poco mosca, pero en cuanto lo consulten, os dejaran en paz. Eso solo tiene un problema, al igual que los dni, si consigues que te lo compulsen, hay que llevar OBLIGATORIAMENTE el original, con lo cual, no sirve para nada..Trafico se sellara la copia, pero eso solo es valido si presentas el original. Hace poco, no recuerdo el post, pero se citaba algun decreto Ley donde decía textualmente que se podía llevar una fotocopia compulsada. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 Para evitar los robos de la documentacion original, con los quebraderos de cabeza que ello supone, podeis fotocopiarla y llevarla a una comisaria de trafico a que os la conpulsen. Es totalmente legal. No se lo que cobran, si es que cobran por ello. Algunos agentes, se quedaran un poco mosca, pero en cuanto lo consulten, os dejaran en paz. Eso solo tiene un problema, al igual que los dni, si consigues que te lo compulsen, hay que llevar OBLIGATORIAMENTE el original, con lo cual, no sirve para nada..Trafico se sellara la copia, pero eso solo es valido si presentas el original. Hace poco, no recuerdo el post, pero se citaba algun decreto Ley donde decía textualmente que se podía llevar una fotocopia compulsada. Efectivamente, se puede llevar, pero le tiene que acompañar el original... esto es como todo, algunos te pondrán pegas cuando les muestres las copia de la documentación del coche o dni, otros no te dirán nada..Es como cuando vas al banco, tu prueba un día ir con la copia compulsada, a ver que te dicen. Si es para ingresar seguro que nada. :lol: , igual ni te lo piden :lol: . Yo me di cuenta de que tenía caducado el DNI cuando fui a cobrarlo, me dicen ¿este de la foto eres tu? parece más joven, entonces miramos la fecha en la que lo hice y Voila tenía 12 años en la foto y 24 en ese momento :lol: , bueno le echó un poco de imaginació y me dijo, puedes ser tu, pero vete a renovarlo. :banana Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado Maferto Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 Para evitar los robos de la documentacion original, con los quebraderos de cabeza que ello supone, podeis fotocopiarla y llevarla a una comisaria de trafico a que os la conpulsen. Es totalmente legal. No se lo que cobran, si es que cobran por ello. Algunos agentes, se quedaran un poco mosca, pero en cuanto lo consulten, os dejaran en paz. Eso solo tiene un problema, al igual que los dni, si consigues que te lo compulsen, hay que llevar OBLIGATORIAMENTE el original, con lo cual, no sirve para nada..Trafico se sellara la copia, pero eso solo es valido si presentas el original. Hace poco, no recuerdo el post, pero se citaba algun decreto Ley donde decía textualmente que se podía llevar una fotocopia compulsada. Efectivamente, se puede llevar, pero le tiene que acompañar el original... esto es como todo, algunos te pondrán pegas cuando les muestres las copia de la documentación del coche o dni, otros no te dirán nada..Es como cuando vas al banco, tu prueba un día ir con la copia compulsada, a ver que te dicen. Si es para ingresar seguro que nada. :lol: , igual ni te lo piden :lol: . Yo me di cuenta de que tenía caducado el DNI cuando fui a cobrarlo, me dicen ¿este de la foto eres tu? parece más joven, entonces miramos la fecha en la que lo hice y Voila tenía 12 años en la foto y 24 en ese momento :lol: , bueno le echó un poco de imaginació y me dijo, puedes ser tu, pero vete a renovarlo. :banana Tu lo que querias es quitarte años pirata... :lol: :lol: :lol: :lol: Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
LMN Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 A mi me paró hace poco la policia local y despues de comprobar la documentación me dijeron que no es obligatorio llevar la documentación y que con unas fotocopias compulsadas en la jefatura de tráfico no tendría ningún problema. Pero claro esta como decis algunos de vosotros una cosa es lo que digan y otra es lo que luego hagan. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 :demonio Hay una propuesta de reforma de ley en la que se contempla que no sea necesario, pero ahí está aún, para el 110 bien rápido que lo aprobaron.:demonio Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado Miguel-Txo Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 Claro pero lo del 110 era por nuestra seguridad :shock: :shock: :shock: y por el ahorro energetico......:calor :calor :calor Esa reforma de ley no les puede generar muchos beneficios y por eso no se dan prisa. A mi hace unos mese me paro la Ertzaintza en un control de documentacion y al principio el tio estaba muy mosca, lo consultó y me devolvio la documentacion sin decir ni pio: la ola Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado Maferto Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 A mi me paró hace poco la policia local ydespues de comprobar la documentación me dijeron que no es obligatorio llevar la documentación y que con unas fotocopias compulsadas en la jefatura de tráfico no tendría ningún problema. Pero claro esta como decis algunos de vosotros una cosa es lo que digan y otra es lo que luego hagan. Tambien decian que no era obligatorio el llevar el recibo del seguro en el coche, porque ellos esta claro que lo comprueba, pero de eso no hay que fiarse Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 El documento de la propuesta http://www.forokymco.es/media/kunena/attachments/327/A_012-10.pdf en la página 7, articulo 59 punto 2. Sin embargo la actual dice lamentablemente .... http://www.reformaleydetrafico.es/eus/pdf/BOE-A-2009-18732.pdf "El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válidos para conducir, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica o certificado de características, y deberá exhibirlos ante los Agentes de la Autoridad que se lo soliciten, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine." Creo que está suficientemente claro que no queda otra de momento. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 A mi me paró hace poco la policia local ydespues de comprobar la documentación me dijeron que no es obligatorio llevar la documentación y que con unas fotocopias compulsadas en la jefatura de tráfico no tendría ningún problema. Pero claro esta como decis algunos de vosotros una cosa es lo que digan y otra es lo que luego hagan. Tambien decian que no era obligatorio el llevar el recibo del seguro en el coche, porque ellos esta claro que lo comprueba, pero de eso no hay que fiarse http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/normas_legislacion/otras_normas/otrasnormas022.pdf [...] Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio. 1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio. [...] General de Tráfico. 3. El incumplimiento de la obligación de presentar la documentación justificativa del seguro será sancionado con 60 euros de multa y dará lugar a la formulación de la correspondiente [...] Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
garchigarchi Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 A mi me paró hace poco la policia local ydespues de comprobar la documentación me dijeron que no es obligatorio llevar la documentación y que con unas fotocopias compulsadas en la jefatura de tráfico no tendría ningún problema. Pero claro esta como decis algunos de vosotros una cosa es lo que digan y otra es lo que luego hagan. Tambien decian que no era obligatorio el llevar el recibo del seguro en el coche, porque ellos esta claro que lo comprueba, pero de eso no hay que fiarse http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/normas_legislacion/otras_normas/otrasnormas022.pdf [...] Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio. 1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio. [...] General de Tráfico. 3. El incumplimiento de la obligación de presentar la documentación justificativa del seguro será sancionado con 60 euros de multa y dará lugar a la formulación de la correspondiente [...] Debe haber una ley mas reciente en lo que respecta al seguro. Hace 1 semana, llame a Mutua Madrileña para que me mandara copia del pago del seguro del coche 2010-2011. Y me dijeron que no es obligatorio llevarlo, por que la policia tiene acceso a los bancos de datos de las aseguradoras y cuando se te llevan la documentación para consultar con central, ahi les informan. Si no tienes pagado el seguro te multan, pero no por no llevarlo encima. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 Tratando de resumir el texto hay un apartado que lo indica, pero sigues teniendo la obligación de llevar el recibo. Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio. 1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio. 2. La vigencia del seguro obligatorio se constatará por los agentes de la autoridad mediante la consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados. En su defecto, quedará acreditada la vigencia del seguro mediante el justificante de pago de la prima del periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al menos, la identificación de la entidad aseguradora, la matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo, el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del seguro obligatorio. Tratándose de vehículos dedicados al alquiler sin conductor, se considerará documentación acreditativa de la vigencia del seguro la copia cotejada del justificante de pago de la prima, en la forma que determine la Dirección General de Tráfico. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 Te puedes encontrar con publicidad como esta http://www.motociclismo.es/Noticias/seguro-obligatorio-responsabilidad-civil-nuevo-reglamento/6503 pero te aseguro que el texto es muy clarito y te pueden multar por mucho que publiquen cosas como esta http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf La Ertzaintza y los Mossos y otros cuerpos no se rigen por eso y simplemente aplican la ley, al final lo mejor llevarlo que es lo que hay que hacer. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado Maferto Publicado 20 de Julio del 2011 Compartir Publicado 20 de Julio del 2011 A mi me paró hace poco la policia local ydespues de comprobar la documentación me dijeron que no es obligatorio llevar la documentación y que con unas fotocopias compulsadas en la jefatura de tráfico no tendría ningún problema. Pero claro esta como decis algunos de vosotros una cosa es lo que digan y otra es lo que luego hagan. Tambien decian que no era obligatorio el llevar el recibo del seguro en el coche, porque ellos esta claro que lo comprueba, pero de eso no hay que fiarse http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/normas_legislacion/otras_normas/otrasnormas022.pdf [...] Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio. 1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio. [...] General de Tráfico. 3. El incumplimiento de la obligación de presentar la documentación justificativa del seguro será sancionado con 60 euros de multa y dará lugar a la formulación de la correspondiente [...] Debe haber una ley mas reciente en lo que respecta al seguro. Hace 1 semana, llame a Mutua Madrileña para que me mandara copia del pago del seguro del coche 2010-2011. Y me dijeron que no es obligatorio llevarlo, por que la policia tiene acceso a los bancos de datos de las aseguradoras y cuando se te llevan la documentación para consultar con central, ahi les informan. Si no tienes pagado el seguro te multan, pero no por no llevarlo encima. Garchi,en la realidad, hay que llevar los documento originales encima, te lo dice uno que algo sabe de lo que va.. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
katxurri Publicado 21 de Julio del 2011 Compartir Publicado 21 de Julio del 2011 Efectivamente Miguelnet, así es, pero yo tengo una duda, a mi el banco/caja me manda el recibo en .pdf al email, no tengo por qué tener impresora ni tampoco por qué gastar tinta ni papel, pero si tengo la obligación de llevar el justificante a cuestas...., entonces me pregunto, ¿y si lo grabo en un Pendrive? No me vale lo de no lo puedo leer, etc..., la ley no dice que tengas que tenerlo en un papel, sino tener el justificante y a mi el banco es lo que me da y lo llevo en el pendrive tal y como me lo han facilitado. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
jucasely Publicado 9 de Septiembre del 2011 Compartir Publicado 9 de Septiembre del 2011 Si no somos muy quisquillosos con el texto legal, llevar se llevan los papeles, compulsados si, pero son los justificantes que exigen los textos. Por mi parte, me fui a un notario y por 36 € me compulsaron 2 copias que firmó y puso un sello inviolable (una pegqatina que no se puede quitar del documento sin romperlo) del propio notario. Creo que legalmente voy cubierto. Pregunté en la comandancia de tráfico sobre eso y alguna duda mas que tenia y me dijeron que lo que firma un notario va a misa. No se si quiso decir que no era legal, creo que no. Saludos. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
torbas Publicado 9 de Septiembre del 2011 Compartir Publicado 9 de Septiembre del 2011 yo llevo la documentación compulsada, y me lo hizo un GC de trafico vecino mio...no me cobró nada jeje....me comentó que es legal llevar las fotocopias compulsadas :beer :beer :beer Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Gallaghersan Publicado 9 de Octubre del 2011 Compartir Publicado 9 de Octubre del 2011 Las fotocopias compulsadas son legales 100% seguro. Os cuento por que estoy tan seguro, yo tengo un coche de empresa con renting y la empresa de renting es la que tiene lo papeles originales y yo llevo en el coche unas fotocopias compulsadas + la autorización a llevar dicho vehículo. He sido parado por los municipales de Madrid y por la GC y en ninguno de los dos casos me han puesto pegas a las fotocopias. Otra cosa ha sido cuando he viajado fuera de España que ahi si he tenido que llevar los originales por que las fotocpias compulsadas solo sirven en territorio nacional. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado KIKI Publicado 9 de Octubre del 2011 Compartir Publicado 9 de Octubre del 2011 Con tu permiso, iremos incorporando los bricos al apartado "bricos" del menú superior. Si no quieres, dímelo, por favor... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
loco-abreu Publicado 16 de Marzo del 2012 Compartir Publicado 16 de Marzo del 2012 :motito me a gustado mucho no tardare en aplicarlo en mi GD. mxas gracias Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Tejera1 Publicado 16 de Marzo del 2012 Compartir Publicado 16 de Marzo del 2012 Yo aunque la moto duerme en garaje la documentación viene conmigo para casa la llevo dentro de la bolsa del casco y así no se me olvida, pero la idea del antirrobo es muy buena, la copiaremos. Gracias por el aporte. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado paloma Publicado 17 de Marzo del 2012 Compartir Publicado 17 de Marzo del 2012 Yo respecto a la documentación obligatoria he encontrado esto http://www.dgt.es/revista/archivo/pdf/num158-2003-papeles.pdf Es del 2003, pero en el BOE del 2009 la modificacion que se hizo sobre sanciones etc en trafico indic que hay que llevar la documentación permiso circulacion, licencia de conducción, Itv y ficha tecnica del vehiculo y no hace ninguna observación hacia fotocopias compulsadas Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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