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Me cubre el seguro?


Alexv

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Hola a todos,

llevaba más de cinco años sin ningún incidente y hoy me he dado una galleta con la SD125 nueva de enero. Aformtuandamente iba muy despacio y no me ha pasado nada salvo un par de rasponees y el pantalon del traje para tirar.

La moto tampoco tiene mucho, raspado todo el canto del carenado y el tubo de escape, pero como es muy nueva me fastidia.

Y ahora la pregunta. He tomado los datos del otro vehiculo (seguro, etc..) y él los mios, pero no estamos de acuerdo en quien tiene la culpa y no hemos firmado parte alguno. Yo francamente creo que la tiene él, pero todo es interpretable.

Yo he llamado a Allianz (tengo el seguro original que daba KYMCO), he dado parte y me han dicho que hay que esperar a que el otro conductor de parte y ver que dice. Casualmente su seguro tambien es de Allianz y supongo que el suyo es a todo riesgo mientras que el mío es a terceros.

Como deciden ahora quien tiene la culpa si no hay ninguna prueba y es su palabra contra la mía? Alguno teneis expreriencia con esto? Creeis que me cubrirán la reparación?

Gracias y saludos a todos.

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Hola a todos,

llevaba más de cinco años sin ningún incidente y hoy me he dado una galleta con la SD125 nueva de enero. Aformtuandamente iba muy despacio y no me ha pasado nada salvo un par de rasponees y el pantalon del traje para tirar.

La moto tampoco tiene mucho, raspado todo el canto del carenado y el tubo de escape, pero como es muy nueva me fastidia.

Y ahora la pregunta. He tomado los datos del otro vehiculo (seguro, etc..) y él los mios, pero no estamos de acuerdo en quien tiene la culpa y no hemos firmado parte alguno. Yo francamente creo que la tiene él, pero todo es interpretable.

Yo he llamado a Allianz (tengo el seguro original que daba KYMCO), he dado parte y me han dicho que hay que esperar a que el otro conductor de parte y ver que dice. Casualmente su seguro tambien es de Allianz y supongo que el suyo es a todo riesgo mientras que el mío es a terceros.

Como deciden ahora quien tiene la culpa si no hay ninguna prueba y es su palabra contra la mía? Alguno teneis expreriencia con esto? Creeis que me cubrirán la reparación?

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Si tienes un accidente y ninguna de las partes se declara voluntariamente culpable, deberías llamar a la policía y esperar a que ellos se encarguen de la situación.

Corto y cambio. Clic

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Invitado magic_jm

Hablo según experiencia propia, pero igual en otros sitios la policia funciona de otra manera.

La vez que me pasó a mí la policía local me confirmó que no se presenciaban a no ser que hubiera heridos, y eso que les dijimos que la otra moto (que había sido la culplable del siniestro) se dió a la fuga. Nos pusimos

 

 

A renglón de la culpabilidad, generalmente el parte amistoso solo sirve para facilitar las cosas, pero no implica que después las aseguradoras se ponen de acuerdo entre ellas para ver quién tiene la culpa del siniestro. He escuchado más de una historia en la que las aseguradoras han decidido distinto a cómo los implicados registraron en un primer momento en el parte amistoso.

 

 

En tu caso, solo te queda esperar a la resolución de la aseguradora y ellos te dirán si finalmente se hacen cargo de la reparación o no. Por supuesto después podrás reclamar, pero ya es la historia de siempre.

Si los desperfectos no son graves, yo dejaría la moto como está y esperaría.

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Lo peor que puede pasar es que las dos compañías sean la misma, ya que lo arreglarán de la manera que tengan que hacer el mínimo desembolso, sin defender tus derechos.

 

Como hay conflicto de intereses puedes buscarte un abogado y denunciarle, te tienen que pagar el coste.

 

Enviado desde mi GT-I9000 usando Tapatalk 2

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la pregunta es , te ha tocado? habeis llegado a chocar? por que aunque el otro te parezca que tiene la culpa por haber salido de una calle o cruze sin ceder o como haya sido ( que esto ultimo me lo estoy imaginando)si tu no has llegado a chocar contra el o al reves el contra ti y te has ido al suelo si haberle tocado un pelo del coche , lo mas probable es que te quedes con la moto como esta , por que el va a alegar que freno y que tu te fuiste al suelo solo , ya conozco algun caso entre coches y entre coches y motos

un saludo y que tengas suerte

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a ver si tienes suerte por que la gente para pagar da muchas vueltas, yo tuve que reclamar durante meses por un golpe que me dieron en el coche una señora que se habia saltado un semaforo en rojo

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Hola a todos,

llevaba más de cinco años sin ningún incidente y hoy me he dado una galleta con la SD125 nueva de enero. Aformtuandamente iba muy despacio y no me ha pasado nada salvo un par de rasponees y el pantalon del traje para tirar.

La moto tampoco tiene mucho, raspado todo el canto del carenado y el tubo de escape, pero como es muy nueva me fastidia.

Y ahora la pregunta. He tomado los datos del otro vehiculo (seguro, etc..) y él los mios, pero no estamos de acuerdo en quien tiene la culpa y no hemos firmado parte alguno. Yo francamente creo que la tiene él, pero todo es interpretable.

Yo he llamado a Allianz (tengo el seguro original que daba KYMCO), he dado parte y me han dicho que hay que esperar a que el otro conductor de parte y ver que dice. Casualmente su seguro tambien es de Allianz y supongo que el suyo es a todo riesgo mientras que el mío es a terceros.

Como deciden ahora quien tiene la culpa si no hay ninguna prueba y es su palabra contra la mía? Alguno teneis expreriencia con esto? Creeis que me cubrirán la reparación?

Gracias y saludos a todos.

 

Si tienes un accidente y ninguna de las partes se declara voluntariamente culpable, deberías llamar a la policía y esperar a que ellos se encarguen de la situación.

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Pues al menos en mi zona si no hay sangre, no hay policía ni atestado ni nada, solo se presentan en un accidente sin heridos en caso de que los vehículos hayan quedado de forma que puedan provocar un accidente.

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La Compañía ve claramente quien tiene la culpa. El "culpable" no está de acuerdo. La Compañía le comunica libertad de acción, por lo que si quiere reclamar, tendrá que contratar un abogado. Eso se hace en garantía de que una persona que se considere perjudicada, no pierda sus derechos. Ese abogado irá por cuenta de la Compañía si gana el pleito.

 

Kiki, tu que sabes del tema, la defensa jurídica del seguro solo te cubre en caso de que ganes o es en este caso de ambos clientes de la misma compañía ende está la salvedad???

 

La verdad que yo no me leo todas las condiciones particulares de los seguros (como la mayoría), y siempre tengo sorpresas, desde cosas que creia cubiertas y que no están, a cosas que creia que no estaban y si lo están.

 

Saludos.

 

Popoff,

 

Se refiere a las costas del proceso que, grosso modo, serán pagadas por quien pierda el pleito, pero OJO, se requiere vencimiento TOTAL. En caso de estimación PARCIAL de la demanda (es decir, que al contrario se le de la razón en algún punto del objeto del pleito, por banal que sea) cada parte pagará los gastos que le ocasionó su respectiva defensa jurídica, y los gastos comunes (ej. Peritos nombrados judicialmente) se pagarán por iguales mitades.

 

Todo lo anterior salvo que el Juez aprecie mala fe o temeridad en la reclamación por parte de una de las partes, en cuyo caso condenará en costas a ésta última, pero este es un escenario SUMAMENTE IMPROBABLE en la gran mayoría de casos

 

Y, finalmente, en cualquier caso, la factura por costas a pasar a la parte totamente vencida no podrá superar 1/3 de la cuantía objeto del proceso (este límite no aplica respecto de profesionales sujetos a arancel y que, por tanto, no tienen libertad para fijar sus honorarios Ej. Procuradores).

 

Lo tienes todo en el Art. 394 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.

 

Saludos

 

:adios

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Pero eso que comentas son los gastos desde el punto de vista judicial, lo que tienes que pagar a la administración de justicia. Los gastos del abogado propio son otra cosa digo yo.

 

No. El concepto "costas" en sentido amplio (que es el que maneja el 394 LEC que citaba antes) comprende TODOS los desembolsos incurridos con motivo del proceso en materia de defensa jurídica. A saber (Art. 241 de la citada LEC):

 

1. Honorarios de la defensa y de la representación técnica cuando sean preceptivas. Esto es, honorarios de abogado y procurador, SALVO en aquellos casos que su intervención no sea obligatoria. No es obligatorio abogado ni procurador en la jurisdicción civil, principalmente, en juicios verbales de hasta 2000 € de cuantía (Arts.23 y 31 LEC).

 

2.Inserción de anuncios o edictos que de forma obligada deban publicarse en el curso del proceso (BOE, BORME, Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, etc.).

 

3.Depósitos necesarios para la presentación de recursos (TASA POR RECURSO).

 

4. Honorarios de peritos y demás abonos que tengan que realizarse a personas que hayan intervenido en el proceso .

 

5.Copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos análogos que hayan de solicitarse conforme a la Ley, salvo los que se reclamen por el tribunal a registros y protocolos públicos, que serán gratuitos.

 

6.Derechos arancelarios que deban abonarse como consecuencia de actuaciones necesarias para el desarrollo del proceso

 

7. Tasa de acceso a la justicia.

 

Saludos

 

:adios

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He llamado hoy al seguro y me han dicho que en el plazo de 15 días me dirán algo. Al parecer tienen que ver el parte presentado por el otro conductor y decidir. Como él se rompió un espejo seguro que lo presenta.

Si deciden no pagar, me temo que tendré que aguantarme. No habiendo atestado policial, ni testigos ni ninguna otra prueba, no me ocmpensa reclamar, siempre será su palabra contra la mia. Afortunadamente los daños son sólo estéticos y pocos.

En fin, gracias a todos por las respuestas. Os informáré del resultado final, por si os puede servir a alguno en el futuro (que espero que no se de la ocasión!)

Saludos,

Alex

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