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Seguros de moto


Invitado Josem@

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Manuel

 

No te pueden meter en ningún sitio por que el recibo del seguro es de pago por adelantado y comentando el tema con uno que sabe del tema no pueden meterte nada, es ilegal, ya que el servicio no lo han prestado, eso si, comunica la baja y asegurate en otro sitio.

 

Lamento disentir.

 

La obligación de preavisar la extinción del contrato con 2 meses de antelación viene no solo en nuestras pólizas, sino también en la propia Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980), cuyo art. 22 dice...

 

Artículo 22.

 

La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecer que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.

 

Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.

 

Ergo, salvo que otra cosa se pacte en la póliza, "son lentejas", hay que preavisar con 2 meses de antelación.

 

¿Sí no preavisamos en plazo que supone?, pues que el contrato se prorroga AUTOMÁTICAMENTE por un año más. Y sí en tal situación me dedico a devolver los recibos, la aseguradora podrá aplicar el Art. 1124 del Código Civil, que dice:

 

La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.

 

El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.

 

Lo que significa que, EN TEORÍA, la aseguradora podría:

 

a) Resolver el contrato (extinguirlo, para que nos entendamos).

 

B) Solicitar del juez el cumplimiento del contrato, esto es, que cumplamos el año de contrato que tenemos por delante, por no preavisar en plazo.

 

Y en ambos casos, con indemnización de los daños y perjuicios causados, que puedan probarse por la aseguradora, y cuya moderación final quedará en manos del criterio del Juez.

 

El caso más claro sería que la aseguradora nos reclamase, por ejemplo, el pago de los 2 meses de seguro por el preaviso incumplido o, el supuesto "más heavy", que nos reclamase el seguro de todo el año amparándose en la letra b anterior (en este último caso el juez, a buen seguro, no concedería todo el año a la aseguradora, porque es una burrada).

 

Digo lo de EN TEORÍA, porque muchas veces las aseguradoras no se meten en follones por un año de seguro, siendo la anualidad de ciento y pico euros, pero poder hacerlo, pues pueden.

 

Y finalmente, tanto la jurisprudencia, como la legislación de consumidores y usuarios, consideran plenamente válidas las cláusulas de preaviso para oponerse a las prórrogas automáticas, siempre que los plazos de preaviso sean razonables, y no ilusorios (Art. 85.2 RDL 1/2007 TR Ley General Defensa Consumidores y Usuarios).

 

Por cierto, ¿alguien sabe lo que ocurre sí en un arrendamiento de vivienda el que vive alquilado no comunica al casero que se va del piso con un mes de antelación a que le venza el año de contrato?... Pues lo mismo (Art. 9 LAU).

 

Saludos y perdón por el tocho

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Pues dicho esto, queda claro...Lo que pasa que como dice el correo del seguro, es la primera renovacion y se supone que no he pedido yo nada, porque el seguro es regalado. Ni he firmado ningun contrato

 

Pues es un buen argumento ese que das, porque el seguro es regalado efectivamente, pero jurídicamente no lo tengo nada claro (y como habrás supuesto , me dedico a estos temas legales),... habría que darle una vuelta, a ver sí es estipulación a favor de tercero (me da que no) o contrato y, en tal caso, celebrado entre qué partes?.

 

Me inclino por pensar que el que contrata eres tu, por mediación del concesionario, y KYMCO paga la póliza "por tí", pero realmente tanto el tomador del seguro, como el beneficiario sigues siendo tu. Esto es, el contrato es entre la aseguradora y tu, otra cosa es que KYMCO le pague a la aseguradora tu cuota del primer año.

 

No obstante, y al margen de movidas jurídico-mentales que no vienen al caso, entiendo que la peculiaridad del seguro del primer año, y la escasa cuantía de la prima, harán que la aseguradora no te reclame nada en caso de que no respetes el preaviso en parte.

 

Saludos.

 

PD: El consentimiento en los contratos no hace falta que sea por escrito (firmando), aún cuando siempre es aconsejable a efectos de prueba.

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+1

 

Se nota que llevas muchos años visitándolos. Ya sabes, a veces (sólo a veces) más vale un mal arreglo que un buen pleito.

 

El abogado no sólo vive de pleitos, también de acuerdos extrajudiciales y asesoramiento, y normalmente en estos, el cliente sale mejor parado que en el pleito. :D

 

Por cierto, acabo de mirar mi póliza con Allianz. Nosotros somos los tomadores del seguro, por tanto, salvo que se discuta en sede judicial, el contrato es entre el propietario de la moto (asegurado) y la aseguradora (allianz) y KYMCO es un tercero ajeno al contrato que se limita a pagar la prima del primer año.

 

:beer

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Se nota que llevas muchos años visitándolos. Ya sabes, a veces (sólo a veces) más vale un mal arreglo que un buen pleito.

 

El abogado no sólo vive de pleitos, también de acuerdos extrajudiciales y asesoramiento, y normalmente en estos, el cliente sale mejor parado que en el pleito. :D

 

Por cierto, acabo de mirar mi póliza con Allianz. Nosotros somos los tomadores del seguro, por tanto, salvo que se discuta en sede judicial, el contrato es entre el propietario de la moto (asegurado) y la aseguradora (allianz) y KYMCO es un tercero ajeno al contrato que se limita a pagar la prima del primer año.

 

:beer

 

26 años de juzgados, cosas de curro....Gracias por la info, enviare el correo tal como me dicen, aunque no se, espero que luego no me digan que nos le llego nada jejeje...Pêro lo mandare mañana.

 

:okey

 

Pues si llevas 26 años de juzgados, y le metes las horas que le metes a la elíptica como has puesto por otro hilo, me sumo a la petición del compañero que decía te cambiases el nick por SUPERMAFERTO...

 

:lol::lol::lol:

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Manuel

 

No te pueden meter en ningún sitio por que el recibo del seguro es de pago por adelantado y comentando el tema con uno que sabe del tema no pueden meterte nada, es ilegal, ya que el servicio no lo han prestado, eso si, comunica la baja y asegurate en otro sitio.

Pues eso quiero hacer, darlo de baja de Allianz y si no encuentro nada mejor, me quedare con Linea Directa que por 213 euros, no creo que encuentre nada con el Robo+incendio...

 

Maferto, ya he renovado con linea directa y me sale por 166, con robo e incendio incluido (mas el 20% de franquicia en esos casos) :la ola

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eleme29;

 

Nunca he avisado con dos meses de antelaciòn, y menos aún por escrito dos meses antes, y he tenido tres o cuatro compañias de seguro distintas en mis años de carnet, y a la que se portò conmigo fatal que le devolví el recibo Groupama, luego no supe nada más.

 

De todas formas viene muy bien la informaciòn que nos cuentas y que yo desconocia, que a las malas, ellos tienen las de ganar, siempre pasa igual, claúsulas abusivas y el cliente las de perder.

 

Saludosss

 

 

 

 

>>Enviado desde mi iphone zumbòn<<

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eleme29;

 

Nunca he avisado con dos meses de antelaciòn, y menos aún por escrito dos meses antes, y he tenido tres o cuatro compañias de seguro distintas en mis años de carnet, y a la que se portò conmigo fatal que le devolví el recibo Groupama, luego no supe nada más.

 

De todas formas viene muy bien la informaciòn que nos cuentas y que yo desconocia, que a las malas, ellos tienen las de ganar, siempre pasa igual, claúsulas abusivas y el cliente las de perder.

 

Saludosss

 

 

 

 

>>Enviado desde mi iphone zumbòn<<

 

Hola BIFÁSICO,

 

No he podido responderte antes...

 

Efectivamente, como tu bien dices, la práctica habitual es que las aseguradoras no hagan nada en caso de no respetar los preavisos, máxime teniendo en cuenta el interés económico en juego (a saber, ciento y pico euros de un seguro), pero teóricamente y con la Ley en la mano, sí que pueden hacer lo que os he descrito...

 

También puedes ponerle un juicio monitorio a alguien por una factura impagada de 60 euros y nadie lo hace. ¿Por qué? pues porque por dicho importe la gente no se "mete en líos".

 

Saludos

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Claro, quieres decir que incluso existiendo esa cláusula que los "favorece", y hablando en el argot de los que no somos juristas, el juez les podría dejar por tontos y ponerles la cara colorá por ir a juicio por reclamar la renovación o el importe que podrían ser cien o doscientos euros, vaya que por eso no las suelen reclamar...

 

Pues hoy hemos aprendido algo nuevo, gracias eleme!! :okey

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Buenos Días a tod@s:

 

En relacion al tema de los seguros que comentais, yo estuve trabajando 2 años en una Correduria de Seguros, y a ver si puedo ayudaros con esto:

 

- La compañia de seguros no nos puede obligar a renovar con ellos. Si no queremos estar mas con esa compañia, simplemente hablamos con nuestro banco, o en su caso si trabajais por cuenta en internet, devolveis el recibo y a la marcha.

 

- Mi seguro del coche lo tengo con Linea Directa, y ya sean ellos o el Seguro de la Tia Bernarda :lol::lol::lol: , nos van a subir la prima cada año!! Así que lo que debemos hacer es mirar presupuestos en otras compañias, cuando tengamos uno que nos convezca, llamamos a nuestra compañia actual y se lo comentamos, Y normalmente te lo igualaran o mejoraran. Yo llevo asi desde el año 2007 con Linea Directa, ellos me envian una carta informandome de cuanto asciende la prima de ese año, y yo llamando para que la bajen, Y lo hacen!! :la ola

 

Espero haberos ayudado con mi pequeña aportación. Saludos :adios

 

Paula

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Buenos Días a tod@s:

 

En relacion al tema de los seguros que comentais, yo estuve trabajando 2 años en una Correduria de Seguros, y a ver si puedo ayudaros con esto:

 

- La compañia de seguros no nos puede obligar a renovar con ellos. Si no queremos estar mas con esa compañia, simplemente hablamos con nuestro banco, o en su caso si trabajais por cuenta en internet, devolveis el recibo y a la marcha.

- Mi seguro del coche lo tengo con Linea Directa, y ya sean ellos o el Seguro de la Tia Bernarda :lol::lol::lol: , nos van a subir la prima cada año!! Así que lo que debemos hacer es mirar presupuestos en otras compañias, cuando tengamos uno que nos convezca, llamamos a nuestra compañia actual y se lo comentamos, Y normalmente te lo igualaran o mejoraran. Yo llevo asi desde el año 2007 con Linea Directa, ellos me envian una carta informandome de cuanto asciende la prima de ese año, y yo llamando para que la bajen, Y lo hacen!! :la ola

 

Espero haberos ayudado con mi pequeña aportación. Saludos :adios

 

Paula

 

Hola Paula,

 

efectivamente, la cía de seguros no te puede obligar a renovar, pero sí no cancelas el seguro con el debido preaviso (2 meses, según Ley, salvo que la póliza en concreto te otorgue un plazo menor), en teoría podrían reclamarte la prima del siguiente año, pues el contrato se prorrogaría automáticamente al vencimiento... Otra cosa es que, por estos importes, la cía de seguros "pase de movidas" y no haga nada. A fin de cuentas a una aseguradora le interesa más tratar de cazar a los que defraudan al seguro cantidades importantes que no estas pequeñeces (inventando siniestros, etc.)... Y respecto a lo de devolver el recibo vía banco, me parece muy bien, de hecho así no te lo cobrarán, pero ojo con que no te metan en ASNEF o similares por este motivo.

 

Un cordial saludo.

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Llevo ya tres correos enviados a peris para que me den de baja en la póliza de seguros a su finalización, y no han tenido la decencia todavía de contestar, sea de una forma o de otra. Empiezo a estar un poco hasta el gorro con este tema.

 

Háblalo directamente con ALLIANZ y reenvíales los e-mail dirigidos a Peris. No obstante, tu ya tendrías prueba de tu voluntad de no renovar el seguro, respetando el preaviso (guarda los e-mail por sí acasol, por lo que a partir de ahí, y en todo caso, orden al banco de no cargar en tu cuenta el recibo.

 

Si en Peris no te contestan no es problema tuyo, ni depende de tí.

 

Saludos

 

:adios

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  • 2 semanas más tarde...

Como habéis comentado lo de los dos meses está ahí. La cuestión es que siempre se ha tenido la devolución del recibo como suficiente para rechazar la renovación y que no hubiese ningún problema. La cosa es que ahora mismo, con la caída de ingresos generalizada, comiencen a tocar las narices y reclamar las primas.

 

Lo mejor es lo que me ha pasado a mí este año, lo tenía con Caser y llamo antes de que lleguen los dos meses para pedir precio de renovación: "le llega la próxima semana sin falta"...el último día de plazo para respetar los dos meses, llamo porque no he recibido el precio y ya he firmado con Pelayo para darlo de baja: "pero cómo? no le han dado el precio??? No puede ser, espere que le hago una oferta ahora mismo"... flipante..

 

Por cierto, que Pelayo te da de alta en Race De Serie que entre otros servicios tiene uno genial. Te mandan un conductor para recogerte la moto (al menos en Madrid Capital) y llevarla a la ITV. Yo lo acabo de usar y genial, gente profesional y en un par de horas tienes la moto con la ITV pasada. El servicio vale unos 70 euros y al ser asegurado de Pelayo sale gratis.

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