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Papeles Obligatorios en la Moto


vchamorror

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  • 2 semanas más tarde...
Yo llevo toda la documentación fotocopiadas, eso sí, compulsadas,

si no llevas la documentación, pueden intervenirte la moto, es decir, retirada al depósito de vehículos.

 

Saludos.

 

Quien te ha dicho que te pueden intervenir la moto?

Eso es una burrada.

Si no llevas la documentación comprobaran matricula y número de bastidor en base de datos dgt, comprobaran el titular el seguro y la itv

Y si tienen ganas te denunciarán por no exhibir al agente la documentación reglamentaria del vehículo (reglamento general de vehículos artículo 26 apartado 1 opción 5A, son 10€ por permiso de circulación y otros 10€ por la tarjeta de Itv) a parte si no tienes seguro o itv caducada, pero de eso a intervenirte el vehículo va un mundo.

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Pues el mundo se queda pequeño, desde luego;

 

si no pueden comprobar tu documentación, por el motivo que sea, vehículo intervenido;

!º si no tienes o no llevas el carnet de conducir, y no pueden comprobarlo? te dejan que sigas circulando??

2º si no pueden comprobar tu póliza de seguro obligatorio, te dejan que sigas circulando? y si no lo tienes, y es originas un accidente? qué pensaríamos de los agentes?

3º si no has pasado la ITV, y no lo has hecho en el plazo debido, te dejan que sigas circulando?

 

Donde yo vivo, interviene la moto incluso por no llevar casco, aparte de la sanción correspondiente;

 

eso sí, estamos hablando de casos extremos, pero se hace y lo pueden hacer.

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En todos los casos que expones lo máximo que podrían hacer es inmovilizar el vehículo, vuelvo a repetir que intervenir un vehículo por no llevar los papeles es una burrada, y ya no digamos por no llevar el casco puesto, tengo curiosidad por saber donde vives.

 

1º caso: raro que no lo puedan comprobar, aunque se puede dar la situación, en ese caso vehículo inmovilizado como mucho, hasta que se pueda comprobar o se haga cargo del vehículo otra persona que lleve el carnet encima.

 

2º caso: no se si sabes que actualmente y desde hace ya unos años no es obligatorio llevar el recibo del seguro encima, por lo que es la administración la que tiene obligación de tener los medios para verificarlo.

 

3º caso: si no has pasado la itv te denunciaran por no haberla pasado y seguirás circulando, (teniendo un plazo para pasarla, en caso de no hacerlo la administración ordena el precinto del vehículo), a no ser que el vehículo a juicio de los agentes presente alguna deficiencia grave para la circulación, en ese caso a su juicio podrían inmovilizarlo.

 

Vuelvo a decir, intervenir es una burrada.

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Pues mira, tienes mucha parte de razón,

me he molestado en averiguarlo, y es verdad, sólo la Administración tiene potestad para intervenir el vehículo, de la clase que sea, aunque prácticamente esta medida no se realiza;

 

estaba confundido, antes, donde vivo, se retiraba con la grúa en estos supuestos, pero ya no se utiliza esta medida, sólo en casos excepcionales.

 

Ha estado bien este tema, entre todos, conocemos (vamos) aprendiendo.

 

Saludos!

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  • 4 meses más tarde...

Hola a tod@s. Llevo tres semanas con mi sd y no paro de leer todo tipo de informacion en el foro. Respecto al tema de los papeles originales, deciros que esta misma mañana he estado en la DGT preguntando sobre el tema, y como bien dice alguno, con fotocopias compulsadas es suficiente. Los papeles originales en casita que si desaparecen nos cuestan luego una pasta. En la dgt me han dicho que creian que la itv serian alrededor de 80 euracos!!! Y respecto a las fotocopias compulsadas deciros que la dgt cobra 8 euros y pico, pero que hay lugares en los que llevas tu las fotocopias, te las compulsan( es decir echar un cuño y firma) y son gratuitas. Por ejemplo algun ayuntamiento, oficina de dni, etc Así que primero mirar. Un saludete a tod@s.

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  • 3 semanas más tarde...

Creo que está todo contestado papeles originales incluido seguro obligatorio en su defecto compulsadas por DGT o tráfico aunque están admitiendo por varios estamentos como ayuntamientos (aunque lo legal es lo primero), en cuanto a lo que se comenta de retirar el vehículo se puede llevar en todos los casos expuestos anteriormente, lo que se tiene que hacer es inmovilizar la motocicleta hasta que se subsane dicha deficiencia pero si no hay sitio para esa inmovilización se procederá a la retirada de la vía pública (ejemplo, nV km 120 ....) no tener seguro puede proceder a la retirada directamente no puede estacionarse un vehículo en vía pública sin el.

Bueno os dejo este ladrillo jajajaj.

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Creo que está todo contestado papeles originales incluido seguro obligatorio en su defecto compulsadas por DGT o tráfico aunque están admitiendo por varios estamentos como ayuntamientos (aunque lo legal es lo primero), en cuanto a lo que se comenta de retirar el vehículo se puede llevar en todos los casos expuestos anteriormente, lo que se tiene que hacer es inmovilizar la motocicleta hasta que se subsane dicha deficiencia pero si no hay sitio para esa inmovilización se procederá a la retirada de la vía pública (ejemplo, nV km 120 ....) no tener seguro puede proceder a la retirada directamente no puede estacionarse un vehículo en vía pública sin el.

Bueno os dejo este ladrillo jajajaj.

 

leganes1977, gracias por las aclaraciones, pero en este foro es costumbre presentarse antes de postear. Son las normas

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