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Problemas en plaza de garaje


lechugaverde

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Muy buenas, os comento mi caso haber si me podeis echar una mano,por si alguno de vosotros o conocidos les a pasado algo similar.Vivo en un edificio con garaje colectivo,tengo un coche pequeño en mi plaza que esta delimitada por unas lineas pintadas en el suelo y detras aparco la moto,sin salirme de mi sitio.El otro dia en una reunion les a adado ahora por decir que no puedo tener 2 vehiculos en mi plaza,ya que si pasa algo en el garaje el seguro no se hace responsable,por que dicen que cubre un vehiculo por plaza,a la que yo les respondi,que ese seria mi problema,que hubiese una desgracia y ami solo me cubran uno solo.Que os parece?

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Buenas, decirte que exáctamente el mismo tema se planteò hace poco, mira en el buscador por si das con él, la conclusiòn al tema creo que quedò en que la comunidad tiene asegurada cada plaza solo para un vehículo, y si pasara algo (incendio ej.) no te cubriría la moto, pero el tema es complejo.

 

Saludosss

 

 

 

 

>>Enviado desde mi iphone zumbòn<<

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Hola,

 

Este ha sido un tema controvertido desde siempre.

 

En mi opinión, siempre que no invadas espacios comunes (incluido no pisar las líneas divisoria de las plazas de garaje ), puedes aparcar moto + coche.

 

Y, nuevamente en mi opinión, digan lo que digan los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, los acuerdos de su Junta, la licencia municipal del garaje o el Plan General de Ordenación Urbana aplicable.

 

Esto es, podrás disfrutar de tu propiedad PARA EL USO PARA EL QUE FUE DISEÑADA (aparcamiento de vehículo/s) SIEMPRE Y CUANDO el uso que tu hagas de tu plaza sea ese (Ej. No montes una cuadra de caballos, ni lo tabiques y conviertas en trastero, ni almacenes sustancias inflamables, explosivas o peligrosas, ni montes una perrera, ni aparques una Zodiac, o un yate pequeño, o maquinaria pesada, etc. etc.) y no contravenga expresamente normativa de protección de incendios o similares.

 

Las limitaciones al derecho de propiedad no se presumen y han de establecerse en las leyes (Art. 348 Código Civil).

 

No he encontrado sentencias del Supremo, pero puedes ver estas:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=5926926&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20110420&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=4303450&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20090212&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1927573&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041028&publicinterface=true

 

.

En contra, y sobre el abuso en uso masivo de una misma plaza:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1807910&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041204&publicinterface=true

 

Y respuesta bastante acertada de un consultorio jurídico de la OCU Csobre la cuestión:

 

http://www.ocu.org/un-coche-y-una-moto-en-una-plaza-de-garaje-s312814.htm

 

No obstante, y como habrás imaginado, soy letrado y, desde esta óptica, te diré que sí en tu Comunidad son muy cabezotas, te pueden acabar demandando. En tal caso deberás acudir a un compañero de profesión para que te defienda en juicio profesionalmente y, ya sabes, que el resultado final de los pleitos NADIE lo puede preveer de antemano, aunque me reitero, sí yo fuera tu, seguiría aparcando moto y coche, porque argumentos jurídicos para hacerlo tienes.

 

Lo del seguro,OK, muy probablemente la aseguradora de la comunidad no cubriría la moto, pero habrá que estar a las condiciones de la póliza, y es un riesgo que tu asumes al aparcar coche y moto en la misma plaza.

 

Saludos

 

:adios

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Hola,

 

Este ha sido un tema controvertido desde siempre.

 

En mi opinión, siempre que no invadas espacios comunes (incluido no pisar las líneas divisoria de las plazas de garaje ), puedes aparcar moto + coche.

 

Y, nuevamente en mi opinión, digan lo que digan los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, los acuerdos de su Junta, la licencia municipal del garaje o el Plan General de Ordenación Urbana aplicable.

 

Esto es, podrás disfrutar de tu propiedad PARA EL USO PARA EL QUE FUE DISEÑADA (aparcamiento de vehículo/s) SIEMPRE Y CUANDO el uso que tu hagas de tu plaza sea ese (Ej. No montes una cuadra de caballos, ni lo tabiques y conviertas en trastero, ni almacenes sustancias inflamables, explosivas o peligrosas, ni montes una perrera, ni aparques una Zodiac, o un yate pequeño, o maquinaria pesada, etc. etc.) y no contravenga expresamente normativa de protección de incendios o similares.

 

Las limitaciones al derecho de propiedad no se presumen y han de establecerse en las leyes (Art. 348 Código Civil).

 

No he encontrado sentencias del Supremo, pero puedes ver estas:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=5926926&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20110420&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=4303450&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20090212&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1927573&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041028&publicinterface=true

 

.

En contra, y sobre el abuso en uso masivo de una misma plaza:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1807910&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041204&publicinterface=true

 

Y respuesta bastante acertada de un consultorio jurídico de la OCU Csobre la cuestión:

 

http://www.ocu.org/un-coche-y-una-moto-en-una-plaza-de-garaje-s312814.htm

 

No obstante, y como habrás imaginado, soy letrado y, desde esta óptica, te diré que sí en tu Comunidad son muy cabezotas, te pueden acabar demandando. En tal caso deberás acudir a un compañero de profesión para que te defienda en juicio profesionalmente y, ya sabes, que el resultado final de los pleitos NADIE lo puede preveer de antemano, aunque me reitero, sí yo fuera tu, seguiría aparcando moto y coche, porque argumentos jurídicos para hacerlo tienes.

 

Lo del seguro,OK, muy probablemente la aseguradora de la comunidad no cubriría la moto, pero habrá que estar a las condiciones de la póliza, y es un riesgo que tu asumes al aparcar coche y moto en la misma plaza.

 

Saludos

 

:adios

 

Todo lo dicho tienes mas razon que un santo...Yo tengo la moto y el coche en la misma plaza porque es muy grande, y ademas como yo en mi garaje hay mas gente, si se ponen burros te pueden denunciar, las denuncias no me gustan porque terminas perdiendo mucho tiempo, pero en casos como este, tu crees que la comunidad te denunciaria?, pues no se, pero no creo, simplemente con dejarlo bien claro la negativa de los vecinos en el libro de actas, creo que seria suficiente, y si llegado el caso pasa algo, pues la comunidad se acogeria a eso.

 

 

No se, lo veo poca cosa para llevarte a juicio, pero tu diles que no estas de acuerdo y si te denuncian, como mucho te podria obligar a sacar la moto o coche, pero nada mas...

 

 

Lo malo son los gastos procesales, que si pierdes, seguro que te toca pagar, pero como digo, lo dudo.

 

Hola MAFERTO,

 

Yo tb dudo que lo demanden por esto, pero ya sabes que en las comunidades de propietarios a veces pesan tmás los egos y las rencillas que la razón... Ahora bien, sí yo fuera Juez, con la mesa atascada de papeles, y me viene el Presi de la Comunidad con semejante demanda, le coloco las costas a la Comunidad por mala fe... (pero no soy juez).

 

Saludos compañero

 

:beer

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Hola,

 

Este ha sido un tema controvertido desde siempre.

 

En mi opinión, siempre que no invadas espacios comunes (incluido no pisar las líneas divisoria de las plazas de garaje ), puedes aparcar moto + coche.

 

Y, nuevamente en mi opinión, digan lo que digan los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, los acuerdos de su Junta, la licencia municipal del garaje o el Plan General de Ordenación Urbana aplicable.

 

Esto es, podrás disfrutar de tu propiedad PARA EL USO PARA EL QUE FUE DISEÑADA (aparcamiento de vehículo/s) SIEMPRE Y CUANDO el uso que tu hagas de tu plaza sea ese (Ej. No montes una cuadra de caballos, ni lo tabiques y conviertas en trastero, ni almacenes sustancias inflamables, explosivas o peligrosas, ni montes una perrera, ni aparques una Zodiac, o un yate pequeño, o maquinaria pesada, etc. etc.) y no contravenga expresamente normativa de protección de incendios o similares.

 

Las limitaciones al derecho de propiedad no se presumen y han de establecerse en las leyes (Art. 348 Código Civil).

 

No he encontrado sentencias del Supremo, pero puedes ver estas:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=5926926&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20110420&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=4303450&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20090212&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1927573&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041028&publicinterface=true

 

.

En contra, y sobre el abuso en uso masivo de una misma plaza:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1807910&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041204&publicinterface=true

 

Y respuesta bastante acertada de un consultorio jurídico de la OCU Csobre la cuestión:

 

http://www.ocu.org/un-coche-y-una-moto-en-una-plaza-de-garaje-s312814.htm

 

No obstante, y como habrás imaginado, soy letrado y, desde esta óptica, te diré que sí en tu Comunidad son muy cabezotas, te pueden acabar demandando. En tal caso deberás acudir a un compañero de profesión para que te defienda en juicio profesionalmente y, ya sabes, que el resultado final de los pleitos NADIE lo puede preveer de antemano, aunque me reitero, sí yo fuera tu, seguiría aparcando moto y coche, porque argumentos jurídicos para hacerlo tienes.

 

Lo del seguro,OK, muy probablemente la aseguradora de la comunidad no cubriría la moto, pero habrá que estar a las condiciones de la póliza, y es un riesgo que tu asumes al aparcar coche y moto en la misma plaza.

 

Saludos

 

:adios

 

Todo lo dicho tienes mas razon que un santo...Yo tengo la moto y el coche en la misma plaza porque es muy grande, y ademas como yo en mi garaje hay mas gente, si se ponen burros te pueden denunciar, las denuncias no me gustan porque terminas perdiendo mucho tiempo, pero en casos como este, tu crees que la comunidad te denunciaria?, pues no se, pero no creo, simplemente con dejarlo bien claro la negativa de los vecinos en el libro de actas, creo que seria suficiente, y si llegado el caso pasa algo, pues la comunidad se acogeria a eso.

 

 

No se, lo veo poca cosa para llevarte a juicio, pero tu diles que no estas de acuerdo y si te denuncian, como mucho te podria obligar a sacar la moto o coche, pero nada mas...

 

 

Lo malo son los gastos procesales, que si pierdes, seguro que te toca pagar, pero como digo, lo dudo.

 

Hola MAFERTO,

 

Yo tb dudo que lo demanden por esto, pero ya sabes que en las comunidades de propietarios a veces pesan tmás los egos y las rencillas que la razón... Ahora bien, sí yo fuera Juez, con la mesa atascada de papeles, y me viene el Presi de la Comunidad con semejante demanda, le coloco las costas a la Comunidad por mala fe... (pero no soy juez).

 

Saludos compañero

 

:beer

 

 

Claro, y yo tambien si fuera Juez y me llegaran casos de estos lo mandaba a la porra, que luego ya sabes que lo que verdaderamente hay que solucionar se retrasa por pijerias de estas, tengo una amiga que esta en el supremo y me cuenta cosas pa flipar...

 

Aqui en mi comunidad vamos a denunciar a 3 vecinos que no pagan y no sabes la de papeles que tengo que hacer..Que si liquidaciones de la deuda, que si fotocopias y firma de las actas y no se cuantas cosas mas, pero en este caso es mucha la pasta que deben.

Mira los de Trafico, al año que viene quieren que los ciudadanos se puedan matricular ellos los vehiculos sin salir de casa.. :mrgreen: Todo sera para agilizar los temas y alibiar la presion de las oficinas de trafico

Saludos

 

Y nos podremos deducir en el IRPF 200 pavos por la "autogestión" y consiguiente descarga de trabajo para los funcionarios de tráfico... :mrgreen: :mrgreen: :loco :lol:

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Conociendo como se las gastan las aseguradoras es muy posible que ante un siniestro al tener más de un vehículo en la plaza no cubrieran ninguno de los dos, cosa diferente es que llevado a un pleito tuvieran que cubrir al menos uno.

 

Saludos.

 

 

+1

 

Pero este riesgo se compensa con la comodidad de aparcar la moto en el garaje

 

Saludos

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Hola,

 

Este ha sido un tema controvertido desde siempre.

 

En mi opinión, siempre que no invadas espacios comunes (incluido no pisar las líneas divisoria de las plazas de garaje ), puedes aparcar moto + coche.

 

Y, nuevamente en mi opinión, digan lo que digan los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, los acuerdos de su Junta, la licencia municipal del garaje o el Plan General de Ordenación Urbana aplicable.

 

Esto es, podrás disfrutar de tu propiedad PARA EL USO PARA EL QUE FUE DISEÑADA (aparcamiento de vehículo/s) SIEMPRE Y CUANDO el uso que tu hagas de tu plaza sea ese (Ej. No montes una cuadra de caballos, ni lo tabiques y conviertas en trastero, ni almacenes sustancias inflamables, explosivas o peligrosas, ni montes una perrera, ni aparques una Zodiac, o un yate pequeño, o maquinaria pesada, etc. etc.) y no contravenga expresamente normativa de protección de incendios o similares.

 

Las limitaciones al derecho de propiedad no se presumen y han de establecerse en las leyes (Art. 348 Código Civil).

 

No he encontrado sentencias del Supremo, pero puedes ver estas:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=5926926&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20110420&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=4303450&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20090212&publicinterface=true

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1927573&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041028&publicinterface=true

 

.

En contra, y sobre el abuso en uso masivo de una misma plaza:

 

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=1807910&links=dos%20veh%EDculos%20PLAZA%20GARAJE%20MOTO&optimize=20041204&publicinterface=true

 

Y respuesta bastante acertada de un consultorio jurídico de la OCU Csobre la cuestión:

 

http://www.ocu.org/un-coche-y-una-moto-en-una-plaza-de-garaje-s312814.htm

 

No obstante, y como habrás imaginado, soy letrado y, desde esta óptica, te diré que sí en tu Comunidad son muy cabezotas, te pueden acabar demandando. En tal caso deberás acudir a un compañero de profesión para que te defienda en juicio profesionalmente y, ya sabes, que el resultado final de los pleitos NADIE lo puede preveer de antemano, aunque me reitero, sí yo fuera tu, seguiría aparcando moto y coche, porque argumentos jurídicos para hacerlo tienes.

 

Lo del seguro,OK, muy probablemente la aseguradora de la comunidad no cubriría la moto, pero habrá que estar a las condiciones de la póliza, y es un riesgo que tu asumes al aparcar coche y moto en la misma plaza.

 

Saludos

 

:adios

 

Todo lo dicho tienes mas razon que un santo...Yo tengo la moto y el coche en la misma plaza porque es muy grande, y ademas como yo en mi garaje hay mas gente, si se ponen burros te pueden denunciar, las denuncias no me gustan porque terminas perdiendo mucho tiempo, pero en casos como este, tu crees que la comunidad te denunciaria?, pues no se, pero no creo, simplemente con dejarlo bien claro la negativa de los vecinos en el libro de actas, creo que seria suficiente, y si llegado el caso pasa algo, pues la comunidad se acogeria a eso.

 

 

No se, lo veo poca cosa para llevarte a juicio, pero tu diles que no estas de acuerdo y si te denuncian, como mucho te podria obligar a sacar la moto o coche, pero nada mas...

 

 

Lo malo son los gastos procesales, que si pierdes, seguro que te toca pagar, pero como digo, lo dudo.

 

Hay mucho jubilado sin nada mejor que hacer que tocar las pelotas y mucho tiempo libre, al que no le importa lo mas minimo perder mañanas haciendo papeleos por que no tienen nada mejor que hacer.

Ademas ya se sabe que el deporte que mas se estila en nuestro pais es la envidia, y parece que a mas de uno le produce picazon que los demas se puedan permitir coche y moto y ellos no...

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Invitado javixciting

Hola, acabo de entrar de presi de la comunidad de garajes de mi bloque. Hace dos días hemos pagado el seguro del garaje, hay 43 plazas de vehículos y 33 trasteros. Si un seguro a todo riesgo de un coche de gama media cuesta unos 500€, siempre dependiendo del modelo y del conductor ( Edad y años de carnet ). Si el seguro del garaje fuera por vehículo y trastero, tendríamos que pagar 43 x 500 = 21.500 € como poco. Resulta que el seguro solo cubre el local, cada vehículo está obligado a tener su seguro. Pagamos 305€.

 

Digo esto porque se sepa que el seguro no es para todo, tienen un montón de claúsulas con todo lo que no cubren. Yo tengo un coche y dos motos en mi plaza. mientras no me salga y moleste a los demás, no pasa nada.

 

Vecinos "tocapelotas" hay en todos sitios. Suerte

 

SALUDos

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Muchas gracias a todos x vuestras opiniones,y en especial a la del señor letrado,ya que me lo ha dejado bien claro,no obstante ya le e pedido la póliza del seguro al administrador y la esta examinado mi abogado,por que ya que se pusieron todos en contra mio en la reunión alomejor soy yo ahora el que va a x eyos,no obstante la moto que tenia la acabo de vender y estoy a pa espera de la superdink y cuando me la den de cabeza que va al garaje,se pongan como se pongan.

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Hablando de TOCAPELOTAS...

 

Hace 3 meses se presentó un inspector del Ayuntamiento de Madrid para " cotillear " el Aparcamiento de Residentes que hay bajo mi casa y en donde guardo el coche en una plaza y la moto en otra distinta. Mandó a los guardas del Garaje que en el plazo de dos días echaran un móvil de las plazas que tuvieran coche y moto, pues según él la plaza estaba pensada solo para un vehículo y no dos. Se montó el gran pollo, pues en algunas había 3 motos sin molestar al vecino.

 

Aunque yo no he tenido el problema pienso que en una plaza puede meter mi vecino hasta una yunta de bueyes siempre y cuando no nos moleste a los vecinos, que creo es lo que verdaderamente les interesa a los abogados y jueces. Todo lo demás son ganas de joder la marrana y lo que decís algunos: vivimos en el País de la puta envidia.

 

Perdonarme el lenguaje tan fuerte, pero es inevitable calentarse con estas chorradas ( los abogados y jueces debeis estar más que cansados ) cuando hay cosas muchísimo más importantes con la que está cayendo.

 

Saludetes :adios

ju52

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Es que en Madrid teneis unas normas municipales un tanto estrictas ...

 

7.- ¿Qué medidas tienen que tener las plazas de garaje?. ¿Se puede aparcar en la misma plaza varios vehículos?

Las dimensiones mínimas de una plaza de garaje dependen del tipo de vehículo (motos, coches, autobuses, etc.). Las plazas de automóviles pueden medir desde 2,25x4metros, en adelante. La legislación urbanística no permite que se aparquen simultáneamente varios vehículos en una plaza. Sí se permite la ocupación parcial de distintos vehículos, uno por la mañana y otro por la tarde, por ejemplo.

 

Preguntas frecuentes normas urbanísticas Madrid

 

Hola POPOFF,

 

Yo también alucino con la Ordenanza del Aytmo de Madrid. Esto ya parece la Unión Soviética. A este paso tendreos que pedir permiso para ir de un pueblo a otro con 6 meses de antelación...

 

El caso es que "el papel lo aguanta todo" y la Ordenanza Municipal no es una excepción. Para mí es un exceso legislativo por parte del Aytmo. de Madrid (tecnicamente, se denomina con el latinajo "ultra vires") pero sí, en teoría sí un Inspector de Licencias del Aytmo fuese al garaje, pues podría decir algo y, teóricamente de nuevo, también sancionar a la Comunidad de Propietarios... De ahí a "clausurar" todo el garaje, pues como que no, porque el Aytmo se estaría ganando una demanda contenciosa en reclamación de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

 

Pero esto es como todo, al menos en Madrid capital la posibilidad de que un Inspector Municipal vaya a comprobar el fiel cumplimiento de la licencia en un garaje de una finca PRIVADA es, en mi opinión, menos probable que a uno le atice un rayo en la cabeza durante una tormenta (qué no se que probabilidad será, pero me imagino que muy baja) y la Policía Municipal no suele entrar en estos temas porque tiene cosas más importantes que hacer (cómo inspeccionar las licencias de los locales abiertos al público)... Casos peores hay, y ní se investigan ni sancionan (Ej. Venta de pisos de protección oficial sin la previa descalificación, que por cierto, da lugar a sanción administrativa pero no implica la nulidad de la venta, según sentencias del orden civil).

 

En todo caso hablamos de una sanción administrativa, que será recurrible en dicha vía (y posteriormente, en vía contencioso administrativa). Para todo lo demás relativo al uso de la propiedad privada, y en su caso exigir la cesación al vecino de su uso compartido moto-coche, la jurisdicción competente es la civil, resultando aplicable lo contenido en las sentencias que puse en mi post anterior.

 

Saludos y mis disculpas por el tocho.

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A mi evidentemente tampoco me parece normal que con carácter general se impida el uso simultáneo de una sola plaza de aparcamiento por más de un vehículo, pero si mirais la ordenanza urbanística del ayto. de madrid respectiva a garages son como 15 páginas donde se detalla hasta los radios de giro que tienen que tener las sendas rodadas dentro de las cocheras, los puntos de luz en función de la superficie, etc. Aunque en principio yo no he encontrado la limitación explícita de la ocupación simultánea, si se puede deducir de las dimensiones mínimas por tipo de vehículo y de la necesidad de señalizar los límites de la plaza para cada vehículo.

 

En garages pasa como en la edificación residencial. Hay unas tasas de ocupación, lo que se llama edificabilidad en el caso de las viviendas, aparte de unas licencias municipales otorgadas en función de los vehículos, licencias que conllevan unas tasas que supongo dependen de dicha ocupación.

 

Y por supuesto es raro que un inspector entre en tu garage, aunque a mi me parecía raro que entraran en mi casa para después hacerme una revisión catastral del copón y con subterfugios consiguieron engañar a mis padres y entrar. Pero igual de raro es que detecten que tu moto está trucada, que lleves accesorios no homologados, etc. Y cuando se ha debatido aquí se ha comentado que el problema es que en caso de siniestro las irregularidades salgan a la luz, cosa que te puede pasar igualmente en tu garage.

 

Imaginaos el titular de prensa: "Se viene abajo un edificio tras un incendio en un garage. El garage tenía licencia para 50 vehículos y se encontraban aparcados más de 70 ...."

 

Visto así ...

 

Saludos.

 

 

Pero por esa misma regla, la Ordenanza podría decir que en la licencia de primera ocupación (o cédula de habitabilidad) de un edificio residencial se establezca que en los pisos de 2 habitaciones sólo se pueden alojar 4 personas, a razón de 2 camas por habitación, lo cual es un sinsentido, porque sí yo tengo trillizos, pues en una el matrimonio y en la otra tres camas en forma de litera... :lol::lol:

 

Por eso la norma será interpretada por los jueces con arreglo al sentido común y a la realidad social existente, de ahí que diga que la respuesta que da el Ayuntamiento de Madrid en su página web es una sobrada...

 

Otra cosa son los supuestos de abuso manifiesto, a saber, meter a 20 personas alquiladas en un piso de 40 metros cuadrados (casi, casi, jugando al tetris para entrar), o una de las sentencias que ponía en mi primer post, en el que el dueño de una pizzería aparcaba en una misma plaza de garaje más de 18 motos de reparto de pizzas, que además entraban y salían constantemente del inmueble, con los consiguientes ruidos y desgaste acelerado de elementos comunes (puertas del garaje, fotodetectores, etc.).

 

De todas formas, en Derecho, 2+2 no son cuatro, y tu precisión ha sido más que acertada, pero ya digo, sí yo fuera el autor del primer post, dejaría moto + coche y dormiría tranquilo (en realidad, me dan más miedo los vecinos que te puedan rayar la moto, o tirarla, por venganza, que el Inspector Municipal o la cía de seguros)...

 

Saludos compañero.

 

:beer

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Y examinado el PGOU de Madrid, de 1997, tampoco encuentro la aludida limitación de 1 vehículo x 1 plaza.

 

Aquí el link... (Ver Art. 7.5)

 

http://www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCUrbanismo/PGOUM/Acuerdos%20PGOUM/Ficheros/COMPENDIOPGOUM%2097%20edjulio%202009%20version%20marzo%202010con%20Anexosp.pdf

 

Saludos

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Y examinado el PGOU de Madrid, de 1997, tampoco encuentro la aludida limitación de 1 vehículo x 1 plaza.

 

Aquí el link... (Ver Art. 7.5)

 

http://www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCUrbanismo/PGOUM/Acuerdos%20PGOUM/Ficheros/COMPENDIOPGOUM%2097%20edjulio%202009%20version%20marzo%202010con%20Anexosp.pdf

 

Saludos

 

Ya comenté que en esta normativa no encontré que de forma explícita se limitara el uso simultáneo, desconozco si existe una ordenanza específica o un bando que lo aclare. Pero si puede deducirse de la normativa en el art 7.5.10 donde especifica las dimensiones mínimas de la plaza de aparcamiento en función del vehículo y de la propia definición de plaza de aparcamiento donde dice que es el espacio "debidamente señalizado". Por tanto si no existen las marcas de señalización o estas no cumple con las dimensiones mínimas en función del vehículo estacionado la situación sería irregular.

 

Saludos.

 

Por eso volvemos al principio, el sentido común, que dicta que sí tu te mantienes dentro de los límites de tu plaza, sin invadir las líneas que la delimitan, pues no hay daño para nadie.

 

Y totalmente de acuerdo en lo de las dimensiones, de hecho hay más de una sentencia (de Audiencia Provincial, eso sí) que indica que NO puedes aparcar un coche en una plaza de moto, pues evidentemente invadirás la zona de maniobra, que es común.

 

Por mi parte, doy por zanjado el tema, y te agradezco de veras tus aportaciones al debate, muy constructivas.

 

Unas cervecitas para Córdoba. :beer :beer

 

Saludos

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:lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol:

 

¿ Sabeis de que me estoy riendo ? :

 

Cada dos por tres leemos en periodicos y vemos en TV en Madrid a desesperados sres. o sras que les han VIOLADO el domicilio o segunda casa, unos hijos de p**a OCUPAS alegando que tambien tienen derecho a una casa mientras trapichean con droga y que estos dueños solo reciben encogimiento de hombros por parte de las " autoridades legales y jueces ".

 

¿ De qué democracia ( escrito con minúsculas) hablais ?. Ni siquiera en Corea del Norte ni China ( con todo su golpe comunistoide ) se atreven a quitarte tu casa mientras te has ido a tu pueblo en un puente.

 

Si eso está pasando en Madrid, ¿ que es lo que no se atreverán a hacer en un garaje en el que hayan plazas con dos vehículos, aunque no molesten a nadie ?

 

Saludetes :adios

ju52

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:lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol::lol:

 

¿ Sabeis de que me estoy riendo ? :

 

Cada dos por tres leemos en periodicos y vemos en TV en Madrid a desesperados sres. o sras que les han VIOLADO el domicilio o segunda casa, unos hijos de p**a OCUPAS alegando que tambien tienen derecho a una casa mientras trapichean con droga y que estos dueños solo reciben encogimiento de hombros por parte de las " autoridades legales y jueces ".

 

¿ De qué democracia ( escrito con minúsculas) hablais ?. Ni siquiera en Corea del Norte ni China ( con todo su golpe comunistoide ) se atreven a quitarte tu casa mientras te has ido a tu pueblo en un puente.

 

Si eso está pasando en Madrid, ¿ que es lo que no se atreverán a hacer en un garaje en el que hayan plazas con dos vehículos, aunque no molesten a nadie ?

 

Saludetes :adios

ju52

 

Hombre, nos estábamos refiriendo a la inviolabilidad del domicilio por parte de los poderes públicos, y demás personas normales,... "los malos" juegan en otra liga... :(

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Efectivamente, teneis razón ELEME29 y MAFERTO, no se pueden mezclar churras con merinas, pero repito el estribillo :

 

" ... si esto está pasando en Madrid ¿ que es lo que no se atreverán a hacer en un garaje en el que hayan plazas con dos vehículos, aunque no molesten a nadie ? ... "

 

MAFERTO : Muy bueno lo de la Coca Cola y la vena :shock: :lol::lol:

 

Saludetes :adios

ju52

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Efectivamente, teneis razón ELEME29 y MAFERTO, no se pueden mezclar churras con merinas, pero repito el estribillo :

 

" ... si esto está pasando en Madrid <¿ que es lo que no se atreverán a hacer en un garaje en el que hayan plazas con dos vehículos, aunque no molesten a nadie ? ... "

 

MAFERTO : Muy bueno lo de la Coca Cola y la vena :shock: :lol::lol:

 

Saludetes :adios

ju52

 

Pues eso, que el arrojo-mala leche, al igual que la estupidez, sí se juntan en el mismo sujeto siempre tienden a infinito... Sólo un tonto sabe de lo que es capaz de hacer otro tonto, y nadie que no pertenezca al "club de los tontos" lo puede preveer. :mrgreen: :mrgreen:

 

Afortunadamente hay más gente buena que tontos, aunque estos últimos siempre hacen más ruido.

 

Y contra la tontería,

 

 

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:lol::lol:

 

Saludos

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Aqui de momento no esta dando la lata el ayuntamiento,solo es la cabezoneria de algún vecino,que como siempre es por envidia y por que es la señorita que aparca a lado de mi plaza,no sabe conducír y cuando ve el volumen de los 2 vehículos aparcado se pone nerviosa,y ya a dado varios golpes en puerta y bajantes de agua e incluso a mi coche y se callaron,y ahora les a dado x ir a por el tema de la moto ycomo yo soy el unico y el problema esque el marido es el presidente,por eso tienen mas oportunidad de darle caña al tema junto al administrador .

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  • 7 meses más tarde...

Todos teneis razón pero pensar que realmente una plaza es eso, una plaza y todo lo que se ponga de más, apesar de ser nuestro, si causa algún daño, o sea un incendio, la responsabilidad de todo será del vehículo en cuestión. Seguiremos poniendo lo que queramos pero que sepamos nuestra responsabilidad y si el vecino quisquilloso, depeus de pasar algo, tira del hilo, seguramente nos corresponderá pagarlo a nosotros ya que, como sabemos, cualquier motivo es bueno para que una compañia de seguros se saque las pulgas de encima.

Sólo tenerlo en cuenta.

 

V'ssssssssss

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