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Carné A2 reconvertido a A para salir al extranjero


Invitado Marusia

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Gogleando encontramos esto:

 

El A2 no es válido fuera de España (actualizado)

 

Muchas veces en este blog nos hemos quejado al ver cómo en otro paises adoptan normativas en favor de la seguridad vial mucho antes que nosotros. Y ahora que España cambia las tornas y adopta una antes que el resto… nos supone una complicación.

 

Ya sabéis que ahora el carnet A2 sólo es válido para algunas cilindradas (las menores de 35 kw), y que para sacar el A hay que hacer un nuevo examen. La normativa viene de Europa, que recomendó que se implantase dentro de cuatro años. Nosotros lo hemos hecho ya, y ahora ésto supone que nuestros nuevos carnets no sirven para alquilar motos en el extranjero.

 

Y es si intentamos alquilar un ciclomotor, o incluso salir con el nuestro fuera de nuestro país, no sólo puede que nos lo impidan, sino que en caso de que una casa de alquiler nos lo permita, el seguro podría lavarse las manos, y enviarnos la factura a casa en caso de que ocurra algo.

 

Ésto será así hasta el 2013, fecha en el que se espera que el resto de paises europeos se sumen a la normativa. Y con la excepción de los que a partir de este año, una vez que tengan dos años de experiencia con el A2, puedan ya acceder al examen A.

 

(Actualización: Via twitter nos informan que el carnet A2 efectivamente no es válido para salir fuera de España. La solución sería solicitar el carnet internacional aunque se vaya a conducir por Europa, ya que al sellarte los carnet disponibles en el carnet internacional, te sellan el A aunque tengas el A1 o A2. )

 

Fuente: http://www.autoescuela.tv/blog/el-a2-no-es-valido-fuera-de-espana/

 

El permiso internacional de conducción es necesario para poder conducir temporalmente por el territorio de países que no sean miembros de la Unión Europea y que no hayan adoptado el modelo de permiso previsto en los Convenios de Ginebra o Viena. El modelo y prescripciones del permiso internacional para conducir se adaptan a lo dispuesto en el Convenio Internacional de Ginebra de 19 de septiembre de 1949. Se compone de una cubierta o cartulina de color gris en forma de tríptico y 16 páginas, en donde, en diferentes idiomas (español, alemán, inglés, francés, italiano, portugués, árabe y ruso), constan los datos personales del titular y de los permisos que posee. Este tipo de permiso tiene una validez de 1 año. y no es válido para conducir en el país que lo expide (en nuestro caso, en España).

 

Fuente: http://www.dgt.es/portal/gl/oficina_virtual/conductores/permiso_internacional/

 

No vale para España pero no pone que no valga para otros países CE

 

Fuente: http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/conductores/permiso_internacional/conductores01.htm

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Es muy buen aporte gracias por ponerlo;Creo que lo que quiera decir con "no válido para España" es en el sentido de que No Sustituye al Carnet de Conducir Español,creo que no está bien redactado ésta última parte del artículo.En cambio ya te está diciendo bien claro dónde es válido ese carnet internacional,y es en aquellos países que No Pertenezcan a la UE y que no tengan el Modelo Previsto en el Convenio de Ginebra o Viene.Se entiende que en el resto es válido con el Permiso del Pais de Origen y no es Válido el Internacional.Aún así es una opinión mía y puede ser que estés en lo cierto,principalmente me baso en que hace años era socio del RACE y ellos gestionaban el Permiso Internacional.Recuerdo que la información que facilitaban estaba más desarrollada que en la página de la DGT y el significado se aproximaba a lo que estoy exponiendo.En cualquier caso se puede hacer una consulta para despejar dudas,saludos.

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Es muy buen aporte gracias por ponerlo;Creo que lo que quiera decir con "no válido para España" es en el sentido de que No Sustituye al Carnet de Conducir Español,creo que no está bien redactado ésta última parte del artículo.En cambio ya te está diciendo bien claro dónde es válido ese carnet internacional,y es en aquellos países que No Pertenezcan a la UE y que no tengan el Modelo Previsto en el Convenio de Ginebra o Viene.Se entiende que en el resto es válido con el Permiso del Pais de Origen y no es Válido el Internacional.Aún así es una opinión mía y puede ser que estés en lo cierto,principalmente me baso en que hace años era socio del RACE y ellos gestionaban el Permiso Internacional.Recuerdo que la información que facilitaban estaba más desarrollada que en la página de la DGT y el significado se aproximaba a lo que estoy exponiendo.En cualquier caso se puede hacer una consulta para despejar dudas,saludos.

 

Ahí no pone que no sea valido para los países ce ni tampoco explicitamente en el texto lo pone.

 

p42300202.jpg

 

carnet-conducir-internacional.jpeg

 

carnet-conducir.png

 

Lo realmente importante es si siguen sellando el A teniendo el A2

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Es muy buen aporte gracias por ponerlo;Creo que lo que quiera decir con "no válido para España" es en el sentido de que No Sustituye al Carnet de Conducir Español,creo que no está bien redactado ésta última parte del artículo.En cambio ya te está diciendo bien claro dónde es válido ese carnet internacional,y es en aquellos países que No Pertenezcan a la UE y que no tengan el Modelo Previsto en el Convenio de Ginebra o Viene.Se entiende que en el resto es válido con el Permiso del Pais de Origen y no es Válido el Internacional.Aún así es una opinión mía y puede ser que estés en lo cierto,principalmente me baso en que hace años era socio del RACE y ellos gestionaban el Permiso Internacional.Recuerdo que la información que facilitaban estaba más desarrollada que en la página de la DGT y el significado se aproximaba a lo que estoy exponiendo.En cualquier caso se puede hacer una consulta para despejar dudas,saludos.

 

Ahí no pone que no sea valido para los países ce ni tampoco explicitamente en el texto lo pone.

 

p42300202.jpg

 

carnet-conducir-internacional.jpeg

 

Lo realmente importante es si siguen sellando el A teniendo el A2

 

Imagino que no hace falta que te especifique que no es válido para los países CE cuando ya en el texto te está delimitando para qué países es válido.Sigo entendiendo que donde está la confusión es en la parte que dice que no vale para España,no está bien redactado lo correcto es "NO Sustituye al Carnet del Pais de Origen ",en éste caso España que es dónde se expide.

Insisto que es algo que comento a raíz del artículo que has publicado y que no he consultado ,y posiblemente estaré equivocado.Si tengo ocasión de obtener más información sin duda lo publicaré en éste hilo,y también me gustaría que cualquier compañer@ que tenga información de éste tema más ampliada pues que lo publique ,insisto que me parece muy buen aporte.

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También ayudaría mucho ver uno por dentro donde aparezca todo el texto para salir de dudas.

 

Pues el otro día tuve la oportunidad de preguntarlo si hubiese surgido el tema antes,porque me estaba haciendo el Psicotécnico para el A2 en ese mismo centro había un cartel dónde se informaba que ellos gestionaban la obtención de ese permiso.Incluso ésta misma mañana he estado en la JPT de Alcorcón,cualquier día que pase por allí pregunto a ver si nos sacan de dudas.

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He encontrado éste artículo que es muy interesante;no se si será muy verídica la información que da,pero de serlo nos aclararía esa duda planteada.

1- En primer lugar nos habla de la finalidad del mismo que es el poder circular en países fuera de la unión y que estén acogidos al convenio de Ginebra y viena antes mencionados.

2-Nos confirma que en el Pais de Expedición no es válido,por lo tanto no sustituye al carnet de conducir Español en nuestro caso,por lo que se confirmaría lo que comenté de que el redactado no es correcto,debería de cambiarse por "No Sustituye a....".

3-Por último y lo más interesante es que nos dice que en caso de extravío nos puede servir,incluso dentro de la unión,para circular con él en caso de que hayamos extraviado nuestro permiso que sería suficiente al estar reconocido en la unión.En éste caso si la veracidad de éste artículo se comprobase,asunto solucionado,se saca la licencia internacional sin mostrar el carnet original ,en el caso que nos ocupa tendríamos reconocido el carnet A.

 

Ahora bien esto forma parte de un artículo de una guía de viajes,no se hasta que punto es cierto todo lo que se comenta,hasta que no lo contraste con algo más exhaustivo no me fío, :okey

 

http://www.diariodelviajero.com/consejos/conducir-fuera-de-la-union-europea-el-permiso-internacional-de-conduccion

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Es que ese es el gran agujero por donde se pueden colar, el carné es valido todos los países salvo en el de expedición, tener el A1 y te dan el A internacional y puedes alquilar una moto grande en un país extranjero :la ola

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Es que ese es el gran agujero por donde se pueden colar, el carné es valido todos los países salvo en el de expedición, tener el A1 y te dan el A internacional y puedes alquilar una moto grande en un país extranjero :la ola

 

Personalmente hasta que éste asunto no me lo confirmen oficialmente y lo pueda leer en documentación oficial no me arriesgo ,estoy ahora con el A2 y habrá que esperar hasta enero de 2013 para hacer incursiones fuera de España,aunque lo voy a mirar porque suelo ir bastante a Andorra y me gustaría llevarme la moto.Hay un convenio entre Andorra y España para reconocer los carnets pero no se si el A2 está reconocido,a ver si un día me pueden dar toda la información en la JPT, :motero

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Mira, si me dijeras cualquier otro país ya te digo que no, pero en Andorra no es su negocio multar, su negocio es el turismo.

Nosotros somos de al lado de Sitges zona muy turistica y si aparcas mal con matricula nacional te lo lleva la grúa, si tiene matricula extranjera es realmente muy muy difícil que se lo lleve.

En Andorra lo que vale en España o Francia vale en Andorra, no se complican la vida

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Mira, si me dijeras cualquier otro país ya te digo que no, pero en Andorra no es su negocio multar, su negocio es el turismo.

Nosotros somos de al lado de Sitges zona muy turistica y si aparcas mal con matricula nacional te lo lleva la grúa, si tiene matricula extranjera es realmente muy muy difícil que se lo lleve.

En Andorra lo que vale en España o Francia vale en Andorra, no se complican la vida

 

Si estoy desacuerdo con eso porque lo conozco bien y por el tema de pararme y multas no me preocupo porque muy gorda la tienes que hacer,más que nada es por problemas que puedas tener si tienes un accidente por ejemplo,ya son cuestiones del seguro nada más

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